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Aprovecha los últimos días para desgravación fiscal en el IRPF

Blog Aegon -desgravación fiscal 2015

La recta final de año, prolegómenos de las fiestas navideñas, es sinónimo de compras y gastos, pero también lo puede ser de ahorro. En concreto, en la “factura fiscal” del 2015, la declaración de la renta, que liquidaremos en 2016 pero que cerramos en pocos días. Pero aún así, tenemos tiempo y oportunidades para aumentar nuestras desgravaciones.

Desde luego, cuanto más elevada sea la renta, más posibilidades tenemos de deducción por importe, pero en menor o mayor medida, todos los contribuyentes tienen herramientas para mejorar su fiscalidad y siempre con un punto de arranque, conocer los límites de ahorro, ya que Hacienda no entrega dinero, sino devuelve lo ya pagado.

Analizar bien todas las posibilidades

Este es el primer límite. Lo que hayas ya desembolsado en el año fiscal. Si no has tenido ingresos o estos han llevado a un pago de impuestos mínimos, las posibilidades de deducción serán nulas o muy limitadas. Cuánto más altos sean los ingresos y por tanto los pagos, hay más posibilidades de deducción, pero como veremos más adelante también tienen un límite.

Para conseguirlo hay varias formas, una de las más directas y adecuadas son los productos para jubilación como planes de pensiones, con los cuáles no sólo pagamos menos impuestos, fundamentalmente estamos construyendo un capital o renta que mejore nuestro bienestar cuando llegue el ansiado retiro laboral.

Aunque el límite de aportación anual se han reducido de 10.000 a 8.000 euros , siempre que no se supere el 30% de los rendimientos del trabajo y las actividades económicas (ganancias de los trabajadores autónomos), siguen siendo muy atractivos. La desgravación se aplica como una reducción de la base imponible. Es decir se resta de lo ganado.

Su ahorro fiscal dependerá del tipo impositivo del contribuyente, pero por cada 100 euros aportados puede alcanzar los 46-48 euros, dependiendo del tipo fiscal que aplican algunas autonomías, como Cataluña.  Para una renta que alcance los 27.000 euros y que puede aplicarse el límite de 8.000 euros, rondaría los 22 euros por cada 100 euros aportados, un gran beneficio.

La forma de aplicar esta deducción es sencilla. Aunque realicemos aportaciones periódicas a lo largo del año, seguramente tengamos posibilidad de hacer una aportación extraordinaria que mejore las deducciones del año. Calculemos por un lado el límite total (el 30% de los ingresos o 8.000 euros máximo si el porcentaje supera esta cifra), restemos lo ya aportado y veamos qué cantidad podemos añadir. Con ello, conseguiremos un buen pellizco para la próxima declaración.

Donaciones y vivienda, otras posibilidades de deducción

Además de los productos de jubilación también existen otras dos posibilidades: la deducción por compra de vivienda y las donaciones. La primera es actualmente limitada ya que sólo tienen derecho aquellos que adquirieron la vivienda habitual antes del 2013 es amortizar más hipoteca. En estos casos se mantiene la deducción del 15% con un límite de inversión de 9.040 euros, lo que supone hasta 1.356 euros por contribuyente.

Por último los donativos a fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública, organizaciones no gubernamentales, reconocidas y con derecho a deducción, también supone una importante ventaja fiscal, aunque limitada en las cantidades finales. El importe de la deducción varía según el régimen fiscal al que esté sujeta. También, debes tener en cuenta si la comunidad autónoma en la que resides está sujeta a un régimen foral particular o si ha establecido deducciones adicionales.

Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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