¿Cómo presentar una reclamación al seguro?

Para hacer una reclamación al seguro, primero hay que dirigirse a la compañía aseguradora, a través de su departamento de atención al cliente. En caso de que el clientet no acepte la resolución de su aseguradora o haya transcurrido un mes sin contestación, puede elevar su reclamación a la Dirección General de Seguros (DGSFP), que es el organismo público que se encarga de supervisar a todos los integrantes del sector asegurador.

En ambos casos, el tomador deberá ponerse en contacto con ellos y trasladar, de manera formal, su reclamación por escrito.

Además, las reclamaciones ante la compañía aseguradora o ante la DGSFP, no impedirán al Tomador el uso de la vía judicial para la defensa de sus intereses, lo que supondrá en tal caso la finalización de los expedientes anteriores al quedar estos supeditados a la resolución del procedimiento judicial instado.

 

¿Cómo se hace una reclamación a una compañía de seguros?

 

Una reclamación tiene el propósito de dejar constancia de un mal funcionamiento y, además, que se lleve a cabo una restitución de los derechos del tomar puesto que se considera que ha habido algún tipo de perjuicio en concreto.

Para hacer una reclamación al seguro directamente con la compañía, es necesario que el tomador siga todas las indicaciones previstas en el departamento de atención al cliente de dicha compañía.

En la mayoría de las ocasiones consiste en rellenar un formulario con todos los datos personales, el número de póliza y explicando detalladamente cuál es la reclamación, los motivos que la provocan y, a ser posible, todas las pruebas documentales que se tengan en su poder.

 

Reclamaciones en la Dirección General de Seguros

Para saber cómo hacer una reclamación a la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones, el asegurado debe ponerse en contacto con el departamento de Reclamaciones y seguir las indicaciones que desde allí le den. De igual forma, la mayoría de aseguradoras facilitan al cliente dentro de la póliza la información necesaria para que el tomador pueda realizar su reclamación ante la Dirección General de Seguros, en un apartado específico llamado habitualmente Instancias de Reclamación.

Por norma general la reclamación se puede llevar a cabo por medios electrónicos, a las direcciones online establecidas, o bien en formato papel, y se puede rellenar un formulario que en dicho organismo facilitan o bien sin él, pero explicando detalladamente qué es lo que ha pasado.

Además, hay que incluir los datos identificativos de la persona que hace la reclamación, los datos identificativos de la compañía aseguradora por la que queremos poner la reclamación, el tipo de seguro contratado y por el que se reclama, el motivo de la reclamación y toda aquella información complementaria que se considere necesaria.

 

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar a una aseguradora?

 Según el artículo 23 de la Ley del Contrato de Seguro, cualquier persona debe comunicar a la aseguradora inmediatamente cualquier incidente que esté sujeto a las coberturas recogidas en su seguro.

Pero, el plazo para reclamar al seguro es de, como máximo, dos años cuando se trate de un seguro de daños y hasta cinco años cuando se trate de un seguro de personas. Pasados estos plazos de tiempo la reclamación quedará prescrita, por lo que el tomador dejará de tener derecho a llevar a cabo ningún tipo de reclamación.

Una vez la aseguradora reciba la reclamación de forma formal, por escrito remitido por cualquier cauce, tendrá un plazo máximo de un mes para contestar.

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