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¿Quién es el beneficiario de un seguro de vida? Designación y derechos

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¿Sabes quién es el beneficiario de un seguro de vida? A simple vista parece fácil, es quien percibe la indemnización en los casos previstos por la póliza de vida. Toma especial relevancia al ser quién recibe la prestación económica que le permita continuar con su vida habitual tras la muerte del titular del seguro; que en muchas ocasiones aporta buena parte de los ingresos de la unidad familiar.

Además debes saber que no existen límites a la hora de fijar beneficiarios y que cualquier persona puede serlo, independientemente de que tenga o no relación de parentesco con el titular del seguro. Pero hay mucho más, ¡Sigue leyendo para saber cómo funciona esta figura!

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¿Quién es el beneficiario de un seguro de vida?

A la hora de contratar un seguro de vida una opción más lógica es designar un beneficiario, la persona o personas que recibirá la prestación económica si se produce el fallecimiento del titular. Podemos elegir a cualquier persona, no hace falta que sea un familiar y tampoco es para siempre, podemos cambiarlo en cualquier momento. Como veremos más adelante, podemos elegir hacerlo de forma expresa, identificando la persona o personas que recibirán el seguro con nombre y apellidos, o hacerlo de forma genérica: hijos, madres, padre, cónyuge, etc. Solo hay un límite, si la cantidad a repartir por el seguro de vida perjudica la legítima de los herederos, podrán pedir que este importe forme parte de su herencia.

💡 Amplía información sobre qué es un seguro de vida y para qué sirve

Designación de beneficiarios en el seguro de vida

Como decíamos, hay que tener en cuenta que cualquier persona puede tener la condición de beneficiario de un seguro de vida, puesto que es el asegurado que lo designa, independientemente de que tenga relación de parentesco con el asegurado o no. El beneficiario puede ser una persona física o jurídica, lo normal es lo primero, y puede designarse de las dos formas que hemos adelantado:

  • Expresa: cuando se identifica al beneficiario con nombres y apellidos en el caso de persona física o CIF o Razón Social en el caso de persona jurídica.
  • Genérica: no se designa a una persona concreta, sino que se indica el grado de parentesco (padre, madre, hijos, nietos…).
quien es el beneficiario de un seguro de vida

Cómo saber si me dejaron un seguro de vida

El derecho fundamental del beneficiario del seguro de vida es el cobro de la prestación económica pactada en la póliza, pero también tiene una serie de obligaciones antes de recibir esta percepción.

Identificación ante la entidad aseguradora

Para recibir la prestación, el beneficiario tiene que identificarse ante la entidad aseguradora. Si figura como beneficiario expresamente en la póliza, no tendrá ningún problema, si no es así, tendrá un trámite adicional, presentar la designación correspondientes de herederos efectuada ante Notario, ya sea porque exista testamento o porque sean los legalmente establecidos tras solicitar un certificado de Actos de Última Voluntad. Lo veremos más adelante.

Gestión del cobro

¿Cómo saber si me dejaron un seguro de vida? La respuesta es sencilla. El beneficiario puede consultar la existencia de cualquier seguro para poder gestionar su cobro. En España existe desde 2005 un registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento. Este registro público dependiente del Ministerio de Justicia podemos encontrar toda la información necesaria para que los beneficiarios de un seguro de vida puedan conocer si una persona fallecida tenía contratado este tipo de productos caso así como conseguir toda la información necesaria para poder reclamar a la entidad aseguradora.

seguro de salud

¿Cómo se cobra un seguro de vida?

Es importante señalar que no es obligatorio designar beneficiario de un seguro de vida, pero sí que hacerlo facilita la labor de cobro del seguro de vida. A la hora de hacerlo se puede realizar de dos formas:

  • En la propia póliza: es la forma más sencilla y más común.  Se puede hacer en el momento de la contratación, pero también designar o modificar en cualquier momento de vigencia.
  •   En el testamento:  designando beneficiario por póliza, o en general para todas las que estén suscritas.

Si no existieran beneficiarios del seguro de vida, serían los herederos quienes percibirán el capital pendiente.

El pago de los impuestos

Pero también este cobro está sujeto a una obligación fundamental, el pago de los impuestos que estipule en este caso la Comunidad Autónoma (organismo que regula el Impuesto de Sucesiones) sobre la cantidad que percibe. Por todo ello, determinar correctamente los beneficiarios de un seguro de vida y que estos conozcan sus derechos y obligaciones, permitirán tanto determinar mejor sus prestaciones y objetivos y en el último paso, hacer más ágil su cobro.

💡 Aquí te explicamos los diferentes tipos de seguros de vida que hay

Seguro de vida sin beneficiario

Como hemos anticipado, no es obligatorio designar un beneficiario para el seguro de vida. Si es así, los derechos económicos los recibirán tus herederos como el resto de tus bienes. Pero ¿Qué pasos tiene que realizar un heredero para cobrarlo? Te lo contamos.

1. Certificado de últimas voluntades

El primer paso es obtener un certificado de últimas voluntades de la persona fallecida. Se puede pedir de forma presencial en la oficina central de atención al ciudadano o en las gerencias territoriales del Ministerio de Justicia o hacerlo por correo o Internet. Esto nos determinará si la persona fallecida hizo o no testamento. Si lo hizo, allí se determinará como se reparte la herencia (más allá de las obligaciones legales de reparto existentes), por el contrario, si no existiera testamento será necesario acudir a una notaría (en los supuestos de que exista grado de parentesco) o al juzgado de primera instancia (si no hay vinculación familiar) para solicitar una declaración de herederos.

2. Conocer la existencia del seguro de vida

El segundo es conocer la existencia de seguros de vida. Seguramente, especialmente para herederos más directos, pueden obtener información de forma directa, ya sea porque tengan el contrato de seguro o identifiquen los pagos de la prima. Pero ni en estos casos se puede tener certeza al 100% de tener toda la información. Para lo lograrlo, como ya hemos comentado, solo tienes que dirigirte al Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento del Ministerio de Justicia . Puedes hacerlo de forma presencial, por correo o de forma online, identificándote como heredero para obtener toda la información sobre los seguros de vida sobre los que tendrás algún derecho.

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3. Contactar con la aseguradora

El tercer paso es contactar con la aseguradora. Para ello hay que presentar la documentación por las que se nos designo como herederos que explicamos en el primer punto, al que debe acompañar un certificado de defunción del titular del seguro.

seguro de vida sin beneficiario

4. Liquidar el impuesto de sucesiones

El cuarto paso, obligatorio para poder cobrar un seguro de vida, es liquidar el Impuesto de Sucesiones correspondiente al seguro de vida. Aquí hay que tener en cuenta un matiz importante. Por definición, el seguro de vida no se incluye dentro del resto de la masa hereditaria, porque nunca formó parte del patrimonio de la persona fallecida, el derecho de cobro nace al producirse precisamente el fallecimiento. Esto sería así si hubiera un beneficiario designado, pero al no ser así en este caso si se integra en la herencia.

Eso sí, las Comunidades Autónomas, que son con las que se liquida el Impuesto de Sucesiones nos ofrecen una ventaja, hacer primero una autoliquidación parcial solo por el importe del impuesto. Esto nos supone que, con un desembolso menor que si lo hiciéramos por la totalidad de la herencia, podemos conseguir una cantidad de dinero en efectivo que muchas veces nos sirve para pagar el resto del impuesto. No hay que olvidar que el plazo de liquidación total de este Impuesto es de seis meses, contados desde la fecha del fallecimiento.

Si cumples todos estos puntos paso a paso conseguirás no solo cobrar todos los seguros de vida que tengas derecho como heredero al no designar beneficiarios, también hacerlo de forma más rápida y eficaz.

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