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La excedencia laboral o cómo tener tiempo para lo que quieres sin perder tu trabajo

solicitud de excedencia laboral

¿Quieres dejar de trabajar un tiempo, pero no perder tu trabajo? La excedencia laboral es la herramienta para lograrlo.

El artículo 46 del Estatuto de los Trabajadores regula la excedencia laboral, que es un derecho de todo trabajador en determinadas circunstancias. En el mismo se establecen los tipos de excedencias laborales, cuándo pueden solicitarse y también su duración.

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Causas por las que puedes solicitar una excedencia laboral

¿Por qué puedes tomarte una excedencia laboral? Básicamente, puedes solicitarla para lo que quieras.

Entre los motivos más habituales para solicitarla están:

  • Cuidar de los hijos o de familiares cuando no se pueda conciliar vida laboral y personal.
  • Los cambios temporales de empresa
  • Hacer un máster o mejorar tu formación.
  • Emprender tu propio negocio.
  • Viajes de ocio y autoconocimiento.

Puedes pedir una excedencia laboral para lo que quieras, como acabas de ver. En función de las causas, se podrá hablar de excedencia forzosa o voluntaria, la más habitual.

El motivo de la excedencia también influirá en los requisitos que debes cumplir y tus derechos.

Tipos de excedencia laboral

Hay tres modalidades de excedencia laboral en función de cómo se produzca:

  • Excedencia forzosa, cuando se coge para ejercer un cargo público o sindical.
  • Excedencia pactada, que se produce de mutuo acuerdo entre la empresa y el trabajador y cuyas condiciones van más allá de lo que marque el Estatuto de los Trabajadores.
  • Excedencia voluntaria, que puede ser por motivos personales o cuidado de familiares.

La excedencia laboral forzosa

Se concede cuando el trabajador va a ocupar un cargo público o un puesto de responsabilidad sindical, tal y como recoge el artículo 46.1 del Estatuto de los Trabajadores.

Con este tipo de excedencia, la empresa deberá guardar el puesto de trabajo y mantener la antigüedad. A diferencia de otras modalidades, la duración de la excedencia forzosa será la del propio cargo público.

Para recuperar el puesto de trabajo habrá que solicitar la reinserción en el plazo de un mes como máximo desde que se abandone el cargo público o sindical.

La excedencia laboral voluntaria

La excedencia laboral pactada

En este caso, el trabajador y la empresa acuerdan suspender el contrato más allá de los derechos laborales de una y otra parte.

A diferencia de la excedencia voluntaria, tanto la duración de la excedencia laboral como las condiciones de reincorporación dependerán del acuerdo entre la empresa y el trabajador.

En estos casos es habitual pactar el reingreso automático e incluso una retribución por parte de la empresa durante la suspensión del contrato. En cualquier caso, el tiempo que dure la excedencia no computará para la cotización a la Seguridad Social.

La excedencia laboral voluntaria

Es la excedencia laboral más habitual en España. Se puede diferenciar entre la excedencia voluntaria por interés particular y las que tiene que ver con el cuidado de hijos y familiares.

Los requisitos para acceder a cada excedencia voluntaria cambian, igual que su duración.

Excedencia voluntaria por interés particular

Si quieres tomarte un año sabático, emprender o formarte, esta es la excedencia que te corresponde.

¿Cuándo se puede pedir esta excedencia voluntaria? El principal requisito para solicitarla es llevar más de un año en la empresa. A partir de los 12 meses de trabajo ya podrás pedirla siempre que no hayas solicitado otra en los cuatro años anteriores.

La excedencia mínima es de cuatro meses y la máxima de 5 años. Si el convenio laboral lo permite, la excedencia puede ser incluso de más tiempo.

¿Qué pasa con tu puesto de trabajo? La excedencia suspende la relación laboral de forma temporal y la empresa no tiene obligación de guardarte el mismo puesto de trabajo.

Lo que sí podrás hacer con una excedencia voluntaria es recibir otros ingresos. En otras palabras, podrás trabajar para otra empresa o crear la tuya si es tu sueño. En ese caso, puede que venga bien conocer las mejores herramientas para teletrabajar.

Excedencia por cuidado de hijos

Todos los trabajadores tienen derecho a pedir una excedencia voluntaria para el cuidado de sus hijos desde su nacimiento hasta los tres años de edad, también en caso de adopción.

La duración de la excedencia por cuidado de hijos es de tres años y la empresa debe permitir la reincorporación al mismo puesto de trabajo. Además, el tiempo de la excedencia computará a efectos de antigüedad y de cotizaciones a la Seguridad Social.

Si estás pensando en solicitar esta excedencia para el cuidado de los hijos, también te puede interesar llevar el cuidado y la salud de tus hijos un paso más allá de lo que cubre la Sanidad Pública.

Excedencia por cuidado de familiares

Esta excedencia permite tomarse hasta dos años para el cuidado de familiares de hasta segundo grado de consanguinidad. Es decir, puedes solicitarla para cuidar a tus padres, hijos, hermanos, abuelos y nietos.

Como en el caso anterior, la empresa tiene que reincorporarte al mismo puesto de trabajo y mantener tu antigüedad. Esos dos años también computarán como cotizados a la Seguridad Social.

La excedencia laboral para el cuidado de hijos

¿Cómo es la reincorporación al trabajo?

Lo primero que debes tener claro es que hay que solicitar la reincorporación a la empresa antes de que finalice el periodo de excedencia salvo que se haya alcanzado un acuerdo diferente. Lo más habitual es hacerlo con un mes de plazo.

¿Y si quieres volver antes? La empresa podría denegarte el reingreso y decirte que esperes a que se cumpla el plazo pactado.

En ese momento, pueden darse varias situaciones. En una excedencia voluntaria por causas particulares la empresa no tiene por qué guardarte el puesto de trabajo. De hecho, es habitual que termine contratando a una persona para que te supla.

Al solicitar la reincorporación puede suceder que:

  • La empresa no tenga vacantes en ese momento. La baja voluntaria da derecho preferente a reingresa, no supone una reserva del puesto. Esto quiere decir que serás el primero al que contratarán en cuanto haya un puesto libre.
  • La empresa ofrezca un puesto de trabajo en otro centro diferente, siempre que no implique un cambio de residencia.
  • La empresa oferte un puesto de trabajo diferente con diferentes condiciones. Si esto sucede, puedes pedir la extinción de la relación laboral por modificación sustancial de las condiciones de trabajo y tendrías derecho a cobrar el paro.
  • La empresa proponga un trabajo temporal. En ese caso no tendrías por qué aceptarlo y si lo haces, seguirías teniendo derecho preferente a un puesto fijo cuando lo hubiese.

Excedencia laboral y paro: ¿Qué pasa si no quieres volver?

¿Tendrías derecho a paro tras una excedencia laboral? La respuesta es negativa. Si después de la excedencia voluntaria optas por no volver a la empresa, es como si hubieses solicitado una baja voluntaria. En otras palabras, no podrás cobrar la prestación por desempleo.

Para poder acceder al paro deberías encontrar un nuevo trabajo y que la baja del mismo no fuese voluntaria. Además, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) suele estar pendiente de este tipo de situaciones. Para evitar el fraude, lo más habitual es que el SEPE deniegue tu petición de paro si no has pasado más de tres meses en tu nueva empresa.

¿Qué pasa si la empresa te deniega el reingreso porque no tiene plazas libres? En ese caso seguirías sin tener derecho a cobrar el paro. Podrías cobrarlo si encuentras trabajo en otra empresa y te despiden.

Y por supuesto, si estás pensando en cobrar el paro cobrar el paro durante la excedencia, ya habrás adivinado que la respuesta es de nuevo negativa. Como en el caso anterior, sólo si cumples los requisitos formales y has generado nuevas cotizaciones podrás hacerlo.

¿Cómo solicitar la excedencia?

No hay un proceso definido para la solicitud de excedencia laboral, aunque sí debe hacerse por escrito. También es recomendable hacerlo por lo menos con un mes de antelación.

Lo que no tienes por qué indicar son los motivos de la excedencia, salvo que sean por el cuidado de hijos y familiares o se trate de una excedencia forzosa.

A partir de ahí, todo será hacer la solicitud y esperar la respuesta de la empresa.

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Soy un apasionado de las finanzas personales y los impuestos. Me decido desde hace más de 15 años a escribir sobre ahorro, dinero, inversión y fiscalidad en diferentes medios.
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