Voy a alquilar una embarcación de recreo ¿Qué seguros debe tener?
Disfrutar de las vacaciones de verano en familia en una embarcación es cada vez menos una actividad reservada para los más pudientes. Crece el número de puertos, amarres y embarcaciones, muchas de ellas para ser alquiladas. Un negocio que permite poder pasar unos días en diferentes tipos de embarcación sin tener que hacer el gran desembolso de compra y del mantenimiento.
El problema que te puedes encontrar a la hora de alquilar una embarcación es doble. Por un lado, el propio desconocimiento de los requisitos que debe cumplir este alquiler. En segundo lugar, el intrusismo, que especialmente muchos particulares se apunten a un negocio en alza para conseguir beneficio económico. Por ello, es muy importante conocer que obligaciones tiene que cumplir una embarcación, entre las que destaca de forma importante los seguros.
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Seguros para embarcaciones de recreo
Para navegar en España es necesario contar, al menos, con un seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria. No tenerlo puede ser objeto de sanción. De hecho, los puertos deportivos suelen solicitarlo para permitir que la embarcación permanezca en sus instalaciones. Las coberturas mínimas de este seguro serán los daños y perjuicios ocasionados a terceros por el uso de la embarcación siempre y cuando esté en el mar, nunca en varadero.
Además de este seguro, es práctica normal que se incluya otro seguro de daños. Este cubre incidentes como hundimiento, naufragio, varada, embarrancada, toque de fondos, incendio, abordaje, choque o colisión. Es importante revisar si alquilas una embarcación que tengas esta cobertura y tus responsabilidades en caso de siniestro, para así evitar posibles importantes desembolsos en caso de que seas responsable de algún daño a la embarcación.
Por ejemplo, en el caso de que la embarcación participe en regatas, pruebas, competiciones, u otras actividades deportivas el seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio no cubre esta actividad, por lo que deberás contratar un seguro o suplemento que cubra esta actividad.
Extras interesantes en tus seguros para embarcaciones de recreo
Partiendo de un seguro básico y obligatorio como el de Responsabilidad Civil Obligatoria se pueden ir añadiendo pluses como los de pérdida total (o siniestro total, daños de los que somos culpables y que comprometen el valor de la embarcación entre un 75% y un 100%), robo o averías particulares. También se puede optar por un seguro a todo riesgo que, si se la embarcación supera los 20 años, se requiere una peritación a cargo del propietario corriendo este con los gastos de gestión.
Además, en la configuración de los seguros existen los que puede cubrir sus efectos personales, accesorios, la Responsabilidad Civil Voluntaria (que incluye más coberturas e indemnizaciones que la obligatoria), seguro de accidentes para patrón y ocupantes en prácticas deportivas (como esquí acuático) o la asistencia náutica que incluye desde el remolque de la embarcación hasta el traslado o repatriación sanitaria. Aunque, nuestro seguro de salud, siempre será nuestro mejor aliado en cada necesidad de asistencia en viaje en vacaciones. Todo un universo de posibilidades que puede suponer un pequeño recargo en el momento del alquiler pero que ganas en tranquilidad.