Prejubilación ¿Qué es? ¿Cómo se calcula?
En 2024, la edad media de jubilación en España se sitúa a los 64,8 años, inferior a los 66 años y 6 meses en los que se sitúa la edad legal en España actualmente. Uno de los causantes está en la prejubilación junto a la jubilación anticipada.
Es importante en primer lugar diferenciar ambos conceptos. Si la jubilación anticipada permite acceder a la pensión de forma anticipada siempre que se cumplan unos requerimientos, la prejubilación es un acuerdo entre trabajador y empresa.
Esto condiciona varios puntos. En primer lugar, que es la empresa la que paga al trabajador hasta que llegue a la edad de jubilación. El trabajador se hace responsable de pagar las cotizaciones sociales en ese tiempo. Y, en último lugar, normalmente el trabajador prejubilado empieza a cobrar la pensión cuando alcanza la edad que da derecho a la jubilación anticipada. Será en el momento de jubilación donde además se tenga derecho a rescatar el capital o renta que se tenga en un plan de jubilación, y no antes.
Todos estos puntos y más los explicamos en el siguiente post.
Índice
¿Qué es la prejubilación?
Como hemos señalado, la prejubilación es un acuerdo entre una empresa y un trabajador para que este último deje de trabajar antes de alcanzar la edad legal de jubilación.
A diferencia de la jubilación no conlleva que reciba inmediatamente la pensión de jubilación sino que recibe una compensación económica de la empresa hasta que cumpla la edad necesaria para acceder la jubilación, de forma anticipada o en el plazo ordinario.
Esta definición nos muestra las principales características de la prejubilación:
- Parte de un acuerdo voluntario entre empleado y empresa, buscando esta reducir costes de personal.
- La edad es variable, depende generalmente de los límites que marque la empresa. Aun así suele aplicarse a trabajadores que les queda poco tiempo para jubilarse y ya tienen un número de años elevado cotizado.
- Este acuerdo voluntario conlleva una compensación económica, que generalmente se abona mes a mes hasta el momento de la jubilación.
- Dentro de la compensación económica se abonan cantidades que luego el trabajador destina a pagar a la Seguridad Social.
- Genera un impacto en la pensión de jubilación que cobrará negativo, ya que las cantidades que paga la empresa, y lo cotizado, es inferior a lo que venía percibiendo cuando trabajaba.
Requisitos para la prejubilación
Al partir de un acuerdo entre empresa y trabajador, los requisitos para la prejubilación son flexibles. Por ejemplo, una empresa puede cambiar a lo largo de los años en límites como la edad mínima para acceder o la cantidad que pagará. A pesar de eso, suelen existir ciertos puntos en común:
- Edad del trabajador cercana a la jubilación. La más común es entre 55 y 60 años, aunque hay casos que es inferior.
- Tiempo cotizado elevado, generalmente superior a los 25 años. El objetivo inicial de muchas empresas está en que el trabajador cumpla los requisitos de jubilación para alcanzar la prestación lo antes posible, incluso en la edad de jubilación anticipada.
- Compensación económica inferior a lo que percibe por salario. Esta variará igualmente de forma inversa con los años pendientes de jubilación. Más años queden, menor suele ser el pago mensual de la empresa.
- Pago a la Seguridad Social por convenio especial, en la que el trabajador es el obligado a depositar estas cantidades mes tras mes.
Cómo se calcula la prejubilación
El cálculo de la prejubilación por tanto es también muy variable y depende esencialmente del acuerdo entre la empresa y el trabajador. Este a su vez suele estar determinado por la edad del empleado y los años de cotización.
Un acuerdo tipo de jubilación incluiría estos puntos:
- Se parte del salario base con los complementos que tenga consolidado en la nómina. No se suelen tener en cuenta los variables como bonus.
- Se reduce un porcentaje sobre ese salario. Este porcentaje viene muy determinado no solo por la voluntad de la empresa, también por los años que tenga el trabajador. Este porcentaje suele estar entre el 10% y el 40%. Lo normal son pagos periódicos, pero también puede instrumentalizarse en un pago único, lo que suele conllevar un mayor descuento.
- Las aportaciones a la Seguridad Social son a cargo del trabajador, pero suele abonarlas la empresa. Si es así, esta cantidad suele conllevar que los porcentajes que descuenta la empresa del salario.
- La duración del pago es hasta que se alcanza la jubilación. La empresa buscará que sea lo antes posible: por jubilación anticipada o porque el trabajador alcanza la edad de jubilación ordinaria. Esta se sitúa actualmente 65 años para cotizaciones de al menos 38 años y 6 meses y en 66 años y 6 meses si es inferior a esos años. Por eso es importante para la empresa priorizar en los trabajadores con más años cotizados.
Adicionalmente a estos puntos fundamentales para su cálculo hay que tener en cuenta la importancia de obtener asesoría profesional para asegurarse que el cálculo es justo. Igualmente hay que tener en cuenta si el Convenio Colectivo de la empresa tiene algún tipo de disposición con respecto a las prejubilaciones.
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Qué es la prejubilación forzosa
Como hemos señalado, la prejubilación parte de un pacto voluntario entre empresa y trabajador, por lo que no existe una prejubilación forzosa.
Lo que sí existen son casos de cierres de empresa o Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) que conlleva el cese de actividad del trabajador a cambio de una remuneración económica o indemnización, que se paga en su totalidad. Esto no conlleva ningún tipo de compromiso y el trabajador, además de cobrar la prestación por desempleo puede iniciar otra actividad laboral.
Lo que si existe, si se cumplen los requisitos de edad (61 años si se ha cotizado más de 38 años o 62 años y medio si es inferior) es la posibilidad de jubilación anticipada forzosa, por los mismos motivos de ERE o cese de actividad de la empresa.
¿Se puede cobrar la prestación por desempleo y la prejubilación?
Una de las polémicas más importantes de la prejubilación es que en muchos casos conlleva que en una fase inicial se cobre la prestación por desempleo, como si fuera un despido, y tras finalizar esta es cuando la empresa empieza a pagar al trabajador. También puede que la empresa si realice pagos en ese periodo, pero inferiores, complementando lo recibido por la prestación de desempleo.
Esta práctica, que dependerá del acuerdo alcanzado, muestra como ambas son compatibles, pero los cobros dependerán siempre del acuerdo que hayas alcanzado. Igualmente se debe tener en cuenta que la prestación por desempleo cotiza a la Seguridad Social, por lo que no será necesario hacer pagos adicionales por ese concepto durante su tiempo de duración.
En definitiva, la prejubilación siempre se enmarca en un pacto entre empresa y trabajador, que dado su impacto económico en ese momento, pero también en el futuro, cuando se cobre la jubilación, hay que analizar de forma detallada.