¿Qué es la pensión de viudedad y cómo funciona?

La pensión de viudedad es una prestación contributiva de la Seguridad Social que cobrará el cónyuge en caso de fallecimiento de su pareja. Se trata de la segunda pensión que más personas cobran en España.
En concreto, cerca de 2,35 millones de personas perciben la paga por viudedad según los datos de la Seguridad Social. Sólo la pensión de jubilación, con 6,17 millones de beneficiarios es más prolífica.
El objetivo de la pensión de viudedad es que la persona que sobreviva del matrimonio no quede en situación de vulnerabilidad tras la muerte del cónyuge.
Índice
¿Quién tiene derecho a la pensión de viudedad?
Para poder cobrar la pensión de viudedad es necesario que tanto el causante (el cónyuge fallecido) como el beneficario (el viudo o la viuda) cumplan una serie de condiciones. Solo en ese caso se podrá acceder a esta prestación contributiva.
Requisitos del causante
Para generar el derecho a percibir la paga de viudedad, la persona fallecida debía encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
- Haber cotizado a la Seguridad Social durante un periodo mínimo de 15 años si no estaba dado de alta en el momento del fallecimiento.Si el fallecimiento fue por accidente, de trabajo o no, o por enfermedad profesional no será necesario ningún periodo mínimo de cotización.
- Haber cotizado al menos 500 días en los cinco años anteriores a su muerte si estaba dado de alta en la Seguridad Social, bien en el régimen general o en una situación asimilada.
- Ser perceptor de una pensión de jubilación contributiva. También generarán el derecho a la paga de viudedad quienes tenían derecho a la jubilación aunque no la hubiesen solicitado.
- Ser pensionista por incapacidad permanente.
- Percibir un subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia. En estos los casos, será necesario acreditar el periodo de cotización necesario.
Si el causante cumple alguna de estas condiciones el cónyuge tendrá derecho a la prestación por viudedad.
Requisitos del beneficiario
¿Quién puede cobrar la pensión de viudedad? La pareja de la persona fallecida. Para poder hacerlo, también debe acreditar ciertas condiciones para acceder a esta prestación. Tendrá derecho al dinero por viudedad en los siguientes casos:
- Matrimonio. Si estaba casado y tenían hijos en común o habían contraído matrimonio por lo menos un año antes.
- Divorcio o separación judicial. Si estaba cobrando una pensión compensatoria por parte del fallecido y no se ha vuelto a contraer matrimonio.
- Parejas de hecho. ¿Las parejas de hecho tienen derecho a viudedad? Sí, este es el tercer supuesto en el que se puede cobrar esta prestación. Existe una pensión de viudedad para la pareja de hecho inscrita en el registro, siempre que lleven más de dos años en esa situación y que los ingresos propios no fuesen mayores que los del fallecido ni el 25% del total de la unidad familiar en caso de no haber hijos.
¿Y si no cumples con los requisitos? En caso de matrimonio se podrá solicitar la prestación temporal por viudedad.

Cuantía de la pensión de viudedad
¿Cuánto se cobra por viudedad? El importe de la pensión de viudedad está ligado a la base reguladora, que depende de la situación laboral del causante y el motivo de fallecimiento.
Con carácter general, el porcentaje de pensión de viudedad es del 52% de la base reguladora.
Ese porcentaje asciende al 60% si el beneficiario tiene más de 65 años, no tiene derecho a cobrar otra pensión pública, no trabaja y no tiene rentas por inversiones, alquileres o actividad económica superiores a 7.569 euros al año.
La cuantía es del 70% de la base reguladora cuando existan cargas familiares o cuando la pensión supone más del 50% de los ingresos de la unidad familiar.
En los casos divorcio o separación, puede darse el caso de que exista más de un beneficiario. Cuando esto ocurre, la cuantía de la pensión de viudedad se calcula de forma proporcional al tiempo de convivencia. Eso sí, como poco se cobrará un 40% de la base reguladora.
Pensión de viudedad mínima
Como con el resto de pensiones, existen una serie mínimos. Esta es la cuantía mínima de las pensiones de viudedad en 2021:
- Beneficiario con menos de 60 años: 522,50 euros al mes.
- Beneficiario con edad entre 60 y 64 años: 645,30 euros al mes.
- Beneficiario con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%: 689,70 euros al mes.
- Beneficiario con cargas familiares: 797,90 euros al mes.
La prestación por viudedad se cobra de forma mensual con dos pagas extraordinarias al año.
¿Se puede perder la pensión para viudos y viudas?
La paga de viudedad es vitalicia. Sin embargo, sí que se puede perder el derecho a cobrarla en caso de contraer matrimonio de nuevo o formar una pareja de hecho.
También se extinguirá la pensión si se demuestra que el beneficio es culpable de la muerte del causante.
Sin embargo, sí se puede conservar aun casándote de nuevo si eres mayor de 61 años o menor con discapacidad mayor del 65% o si esta pensión es tu principal fuente de ingresos.
¿Con qué otras pensiones se puede cobrar?
La prestación para viudas y viudos es compatible con otras pensiones. Es decir, puedes percibir otras pensiones a la vez, aunque no todas.
Como norma general, es compatible con cualquier renta del trabajo y también con la pensión de jubilación y de incapacidad permanente.
Por el contrario, es incompatible con otra pensión de viudedad.

¿Hay que pagar impuestos por la pensión de viudedad?
La pensión de viudedad está exenta de tributar si deriva de actos de terrorismo. En caso contrario, habrá que tributar por ella en la declaración de la renta e incluirá la retención de IRPF correspondiente.
¿Cómo solicitar la pensión de viudedad?
Esta pensión se solicita en la Seguridad Social. Para pedirla es necesario presentar la documentación que acredite que se cumplen con los requisitos y que puedes consultar en este enlace.
¿Cuánto tarda en ser aprobada la pensión de viudedad? Normalmente la resolución suele darse en el plazo de un mes, aunque este periodo puede extenderse hasta los tres meses.
Una vez tendrás la resolución, el día que se cobra la paga de viudedad es a principio de mes, ya que las entidades financieras dan la orden de pago en torno al día 25 del mes anterior.