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¿Por qué un seguro de vida es mejor que un seguro de protección de pagos?

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Aunque la nueva Ley Hipotecaria va a prohibir la obligación de contratar seguros para conceder una hipoteca, esto no va a significar que alrededor de productos financieros no sigan comercializándose seguros como el de protección de pagos.

Por un lado, lo que la nueva legislación determina es que siempre se muestre al cliente una oferta hipotecaria sin vinculación a ningún producto junto a una o varias ofertas que, si pueden contener distintas condiciones, pero con vinculación de productos. Los bancos pueden así ofertar propuestas con bonificaciones, normalmente descuentos en el tipo de interés, si contratan estos productos.

La otra vía por la que crecen los seguros de protección de pagos está en su crecimiento en el segmento de los préstamos personales, especialmente en los de cuantía más elevada.

En todos los casos, su comercialización se basa en vender las bondades de su cobertura: el capital que quede pendiente del préstamo en caso de fallecimiento, incapacidad laboral transitoria o desempleo. Pero todas son limitadas y tienen varios puntos no tan positivos que hay que analizar.

Cuidado con los seguros de prima única

El primer punto está relacionado a cómo se amortizan los préstamos. Lo más común en España es que se hagan por el llamado método francés que implica que se paguen cuotas iguales durante toda la vida del préstamo a no ser que haya cambios en el tipo de interés. Esta forma de amortización implica que al principio del préstamo es cuando se pagan más intereses y, por tanto, se amortiza menos capital y al final del préstamo es cuando el capital se reduce más rápidamente.

En la práctica esto supone que estos préstamos son más interesantes cuando arranca la operación del préstamo y pierde este interés cuando quedan pocos años. Para evitar esta baja en la contratación es una práctica de algunas entidades financieras comercializarlo como seguro de prima única; es decir, se paga la totalidad del seguro cuando firmas el contrato de tu hipoteca. Esta forma puede suponer ciertas limitaciones y problemas. La primera, la cuantía elevada, especialmente en operaciones hipotecarias lo que lleva a que incluso se financie a través del préstamo elevando su importe. La segunda, si anticipas la cancelación del préstamo tienes el derecho a reclamar la parte proporcional de la prima.

Una protección muy limitada 

Con todo esto queda claro que la protección del seguro es limitada en cantidad a pesar de su coste que suele ser elevado. Lo es para la cobertura principal, la de fallecimiento, pero también para el resto. Para enfermedad, hay que leer muy bien los condicionantes ya que no todas las dolencias que pueden llevarte a la baja médica pueden estar contempladas en su cobertura. Igualmente, la cobertura por desempleo es limitada en el tiempo.

Frente a esto, el seguro de vida, cubre todas las contingencias de una forma amplia, puedes pagarlo cómodamente de forma periódica y actualizar el mismo para ofrecer una completa seguridad para los que más quieres.

Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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