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Ya tengo un seguro de vida por mi trabajo ¿Es suficiente o debo contratar otro?

Ya tengo un seguro de vida por mi trabajo ¿Es suficiente o debo contratar otro?

La remuneración en especie cada vez es más habitual entre las empresas españolas, su crecimiento se basa en que ha dejado de ser una forma de pago utilizada casi exclusivamente por grandes empresas a que cada vez más sean las pymes e incluso autónomos los que apuesten más por este tipo de incentivos para sus empleados, que, además se incluyen en la base de cotización a la Seguridad Social.

Hay muchos tipos de remuneración en especie, desde los cheques restaurante, guardería o transporte a planes de pensiones y, por supuesto seguros, y dentro de todos estos destaca el seguro de vida.

Condicionantes del seguro de vida de empresa

Tener un seguro de vida como remuneración es positivo, pero no evaluar o comparar el mismo puede conllevar errores sustanciales que nos produzcan importantes perjuicios. El seguro de vida que nos proporcione la empresa puede ser ideal o no, pero siempre que analicemos sus condiciones por lo que el primer punto, y que pocos cumplen, no es solo solicitar una copia de sus condiciones también leer y analizar las mismas para ver si es o no suficiente y como podemos mejorarlo a través de los productos que podamos contratar. Entre estas destacan los siguientes puntos:

  • Capital asegurado: En la mayoría de los casos suele ser limitado en sus cantidades, poco importante, aunque no en todos los casos.  Pero, esencialmente, no es un producto personalizado a las circunstancias personales y los cambios que se pueden producir en la vida. Por ejemplo, una persona del mismo nivel salarial y puesto tendrá el mismo capital asegurado una persona soltera sin hipoteca que otra casada, con hijos y que financie la compra de un inmueble.
  • Que supuestos cubre: El segundo punto importante es saber que cubre el seguro. Puede que solo lo haga por accidentes, incluso solo los que se produzcan en el trabajo o de camino o de regreso al mismo, aunque cada vez son más comunes aquellos que cubren todas las circunstancias de defunción.

Otro punto esencial son las coberturas en caso de invalidez y en que grados lo hacen (permanente, absoluta, etc.).

Pero lo que si es una regla más general es que no tengan coberturas especiales como las que ofrece Aegon en caso de cáncer femenino y masculino o enfermedad cardiovascular o aquellas que nos facilitan su cobro, como abono anticipado del Impuesto de Sucesiones. Estos puntos que normalmente no están presente en los seguros de empresa ponen en valor nuestro seguro de vida.

La vigencia del seguro

Pero el punto esencial que hace a estos seguros más un complemento que el producto definitivo es su vigencia, determinada a mientras dura la relación laboral. Este aspecto condiciona mucho más este seguro de lo que parece. Puedes pensar que es tan sencillo como contratar otro seguro cuando no tengas esta cobertura, pero las circunstancias económicas pueden ser muy distintas. Es más económico contratarlo cuando eres joven que hacerlo mucho más adelante, incluso puedes tener limitaciones por edad o tener alguna enfermedad o dolencia que impida que lo hagas.

Por eso, teniendo en cuenta el tipo de coberturas y el capital resultante el seguro de empresa es un complemento a nuestra cobertura total de seguro de vida. Aprovechemos que el seguro que contratemos nosotros si tenemos la libertad de aumentar o disminuir su capital o contratar las coberturas opcionales que consideremos para que juntos tener la cobertura más completa que nos de completa seguridad para todas las circunstancias.

Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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