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Autónomos y Coronavirus: Ayudas, financiación y prestaciones

Hombre con gafas desenrollando una tela en un taller de costura

Los autónomos, los trabajadores por cuenta propia, son uno de los colectivos más afectados por la situación económica actual derivada de la pandemia coronavirus.

Son varias las razones de estos problemas. La primera, no poder acogerse a un ERTE como un asalariado. La segunda es que muchos de estos trabajadores se han visto obligados a cerrar sus negocios, como el pequeño comercio. Y, por último, que en la mayoría de los casos las coberturas económicas son reducidas.

Cese de actividad temporal del autónomo

Pueden pedir la prestación por cese de actividad del autónomo por coronavirus aquellos trabajadores por cuenta propia que han suspendido su actividad como consecuencia directa de la declaración del estado de alarma o que acrediten haber reducido la facturación en el mes anterior a la solicitud de la prestación en al menos un 75% en relación con el promedio mensual del semestre de septiembre de 2019 a febrero de 2020.

Para tener acceso a esta prestación es obligatorio haber estado en situación de alta el 14 de marzo de 2020, día que se declaró el estado de alarma y permanecer de alta durante la percepción de la prestación en el supuesto de que se solicite la misma por reducción de la facturación mensual.

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También es requisito obligatorio estar al corriente de pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.

Cuantía del cese de actividad del autónomo por coronavirus

La cuantía se calcula de la misma forma que si se solicita por cese de actividad ordinario, pero no es necesario tener un mínimo de cotización de al menos doce meses y de forma continuada contados desde la fecha de la petición de la prestación.

La cantidad que se recibirá será equivalente al 70% de la base de cotización. Si tenemos en cuenta que la base de cotización mínima actual es de 944,40 euros la prestación sería de 661 euros.

Duración de la prestación

El cobro de la prestación de cese de actividad del autónomo por coronavirus acaba de prolongarse a todo el mes de junio, con independencia de las fases que vayan superando las distintas regiones.

Qué ocurren con las prestaciones del autónomo

El periodo de percepción de la prestación económica se considerará como cotizado, por lo que el autónomo no debe pagar su cotización.

Si ya la pagó, la Tesorería General de la Seguridad Social le devolverá de oficio todos los importes que no procediera realizar y que, sin embargo, haya cobrado.

Moratoria en el alquiler de locales para autónomos

Otra de las ayudas más importantes para los autónomos afectados por coronavirus son las dirigidas a poder hacer frente al alquiler de locales comerciales. En el caso de que el inquilino sea autónomo los requisitos son:

  • Estar afiliado y en situación de alta, en la fecha de la declaración del estado de alarma, 14 de marzo.
  • Que su actividad haya quedado suspendida como consecuencia de las medidas tomadas para combatir el coronavirus.
  • Si su actividad no fue suspendida directamente acreditar la reducción de la facturación del mes natural anterior al que se solicita aplazamiento en, al menos, un 75% en relación con la facturación media mensual del trimestre al que pertenece dicho mes referido al año anterior.

En qué consiste la moratoria del alquiler de local para autónomos

El inquilino en este caso podrá solicitar de la persona arrendadora, en el plazo de un mes, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley que incluyó esta posibilidad (desde el 20 de abril), el aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta siempre, que ambas partes no hubieran llegado previamente a un acuerdo amistoso.

Además, se permite que tras acuerdo entre arrendado y arrendatario podrán hacer uso de la fianza del contrato para el pago total o parcial de alguna o algunas mensualidades de la renta siempre que el arrendatario reponga el importe de la fianza en el plazo de un año.

Financiación para autónomos

Los autónomos que deseen necesiten liquidez también pueden acceder a un préstamo ICO en este caso avalado por el Estado.

Sus principales ventajas son dos. Primero, la más sencilla concesión al estar avalados por el Estado. La segunda que sus tipos de interés son muy competitivos.

Aunque dependerá de cuantía y especialmente plazo y si se pide plazo de carencia (que solo se paguen intereses durante un tiempo), su coste medio oscila entre un 3,5% y un 5,5%.

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Estos préstamos se solicitan directamente a través de los bancos. El compromiso actual es llegar a alcanzar hasta los 200.000 millones de euros en avales para este tipo de préstamos.

Otras ayudas y subvenciones

Muchas comunidades autónomas e incluso ayuntamientos están ofreciendo otras ayudas generales o sectoriales (por ejemplo, para el sector turístico) que pueden ser de gran ayuda para el autónomo.

Algunas se están aplicando de forma automática como reducción o eliminación de impuestos sobre locales o actividades, pero otras tendrá que solicitarlas a la administración competente.

Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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