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La bajada de los tipos impositivos y las ventajas fiscales de los seguros

AEGON - Bajada impositiva seguros fiscales

El mes de julio arrancó con sorpresas en lo fiscal tras la medida anunciada por Mariano Rajoy de adelantar a ese mes la rebaja fiscal programada para el 2016. Posteriormente, el 10 de julio, fue aprobada en Consejo de Ministros solucionando un problema que planteaba esta medida, la imposibilidad de que convivieran dos tipos marginales por tramo de ganancia en un mismo año.

Bajada de los tipos impositivos

Con esta medida se ha decidió aplicar unos tipos medios para todo el 2015. En concreto, para los ingresos de menos de 12.450 euros pasarán de tributar del 20% al 19,5%; para el tramo de 12.450 euros a los 20.200 euros, del 25% al 24,5%; entre los 20.200 euros y los 35.200 euros, desde el 31% al 30,5%; desde los 35.200 euros hasta los 60.000, del 39% al 38%; mientras que en los ingresos superiores a este umbral, pasarán del 47% al 46%.

Respecto a las rentas del ahorro, también entrará una escala a medio camino de la que había este año y la de 2016. Así los rendimientos bajarán su tipo del 20% al 19,5% hasta 6.000 euros, entre 6.000 y 50.000 euros se reduce del 22% al 21,5% y los superiores, del 24% al 23,5%. Esto genera una distorsión a favor del contribuyente que no se resolverá hasta la siguiente declaración de la renta en abril-junio del 2016.

Fiscalidad y seguros

Hasta julio, los rendimientos de las cuentas, depósitos y todos los productos sujetos a retención  han tenido un tipo superior (20%, 22% y 24% según el tramo de ingreso) al que tributarán, por lo que han generado un mayor pago a los clientes (retenciones) durante estos meses, descontado a sus aportaciones. Esto vuelve a demostrar las ventajas de la mejor fiscalidad de los seguros de vida o de los seguros de ahorro, ya que a diferencia de las cuentas, no tributan hasta que no se produce el reembolso de la misma.

Es decir, en el mismo caso de un depósito, las ventajas de no tener que tributar hasta ese momento son obvias, no has adelantado un pago, superior al tipo impositivo, y esos ingresos que se van acumulando, generan a su vez otros ingresos superiores. En el momento del reembolso, el asegurado pagará por los beneficios generados de la parte rescatada, en la base imponible del ahorro y tributando por los tipos aprobados este mes de julio.

Es más, si no necesitas rescatar ninguna cantidad y lo puedes hacer en el 2016, los beneficios son incluso mayores, ya que tributarás al 19% hasta los primeros 6.000 euros, al 21% desde 6.000 a 50.000 euros y al 23% para cuantías superiores a 50.000 euros. Es decir aunque se hayan generado ingresos en el 2015 o en años anteriores liquidarás impuestos a un tipo impositivo más favorable.

En fiscalidad, no sólo es importante el tipo impositivo, también la forma y el momento de tributar es importante.

Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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