¿Qué principales novedades trae la declaración de la renta para 2024?
Ya está aquí. El 3 de abril se abre un nuevo periodo de liquidación de la declaración de la renta y este año viene con varias novedades. Para empezar, el borrador podrá modificarse y presentarse hasta el 1 de julio, un período más largo comparado con años anteriores.
Sigue leyendo y descubre las novedades más importantes sobre la declaración de la renta de este año.
Índice
¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta?
Una de las novedades más relevantes de esta campaña es el cambio de los criterios que obligan a presentar la declaración. Se ha subido el mínimo de ingresos requeridos, de esta manera, estamos obligados a declarar a Hacienda si el año pasado ganamos más de 15.000 euros brutos anuales y tuvimos más de un pagador. Este límite estaba en 14.000 en campañas pasadas.
Quienes solo tienen un pagador (o varios, pero el segundo y siguientes suman menos de 1.500 euros) están obligados a declarar si ganan más de 22.000 euros, igual que en campañas anteriores.
Además, como nos indica la Agencia Tributaria, desde este año los autónomos y los trabajadores del mar están obligados a presentar la declaración de la renta, independientemente de los ingresos obtenidos. Y este no es el único cambio para los trabajadores por cuenta propia, a partir de ahora, los gastos de difícil justificación podrán ser hasta el 7% del total declarado, aumentando un 2% respecto a otras campañas.
Maternidad
Otro requisito que se ha modificado este año tiene que ver con la maternidad. Para poder acceder a la deducción de hasta 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años, bastaría con haber cotizado al menos 30 días en cualquier momento posterior al nacimiento o en los días previos.
Este cambio en las deducciones por maternidad, se suma a los 1.000 euros adicionales que las familias pueden deducirse por gastos de guardería hasta los tres años. Hasta ahora, solo era posible aplicarse si llevábamos a nuestros hijos a uno de los centros de educación infantil autorizados por la comunidad autónoma, pero a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, este año también es válido cualquier guardería que tenga licencia del ayuntamiento.
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Cambios en las retenciones
En la campaña de la renta 2023-2024, hay una reducción del cálculo de los rendimientos del trabajo para las rentas menores de 14.047,50 euros, y también entre dicha cantidad y 19.747,50 euros. Para las rentas altas, en cambio, aumentan ligeramente los impuestos al añadir un nuevo tramo en el gravamen al ahorro. A partir de los 300.000 euros se aplicaría un tipo del 14% y a partir de 200.000 se aplicaría un 13,5% (antes un 13%).
El IRPF de los contribuyentes residentes en el extranjero y de los trabajadores desplazados a territorio español también suma un nuevo tramo a partir de los 300.000 euros, cuando se aplica un tipo del 28%. En el tramo anterior, de los 200.000 a los 300.000 euros, el tipo es ahora del 27%, un punto porcentual más que antes.
Pero también existen reducciones en el ámbito de las inversiones. Con la nueva ley de startups es posible deducirse un 50% de hasta 100.000 euros en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación, cuando antes era de un 30% sobre 60.000 euros.
Se han reducido también las retenciones a obras literarias, artísticas o científicas, y en menor medida a cualquier rendimiento a los rendimientos procedentes de la propiedad intelectual. Finalmente, el tipo mínimo de retención se reduce al 2% para los artistas y al 0,8% por las rentas obtenidas en Ceuta, Melilla y, este año, también la isla de La Palma.
Por la compra de un coche eléctrico
Quienes se han comprado un vehículo eléctrico o han instalado en su casa un punto de recarga están de enhorabuena, ya que pueden deducirse parte de esos gastos. La deducción es del 15% del valor, que se aplica sobre una base máxima de 20.000 euros en el caso coches, motos, etc., y hasta 4.000 euros anuales en los puntos de recarga.
Para aplicarlo, podemos encontrar el apartado dentro de las “Deducciones generales” de la cuota y aparecerá como “deducción por la adquisición de vehículos eléctricos ‘enchufables’ y de pila de combustible y puntos de recarga”.
Deducciones autonómicas
Vivienda
Gran parte de las novedades en la declaración de la renta viene de la mano de las deducciones autonómicas. Las aplicables al alquiler se encuentran entre las más habituales y debemos revisar bien las de nuestro territorio, porque han podido introducirse nuevas o han podido cambiar los criterios. Estas, además, tendremos que introducirlas manualmente en las casillas correspondientes.
Gastos médicos, educativos y otros
Desde este año, por ejemplo, La Rioja y la Comunidad Valenciana permiten deducirse los gastos del gimnasio u otras actividades deportivas, con el objetivo de fomentar un modo de vida saludable. En Canarias y Cantabria existen deducciones por “gastos de enfermedad”, y en Asturias se han incluido las ayudas a los enfermos de Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA).
En el ámbito educativo, la Comunidad de Madrid permite deducirse el pago de intereses de préstamos de estudios de grado, máster o doctorado, mientras Aragón o Asturias, entre otras, incluyen la adquisición de libros de texto y material escolar. Y en otro caso de deducciones muy específicas, Andalucía permite incluir los gastos de defensa jurídica por un conflicto laboral.
Para finalizar, desde Aegon te recomendamos acudir a un profesional si tienes cualquier duda sobre este tema en concreto y revisar todo muy detenidamente para no caer en los errores habituales en la declaración de la renta.