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¿Cómo tributan los seguros de vida en España?

Aunque el seguro de vida es un producto a través del cual podemos usar con el fin de ahorrar o invertir, la cobertura más general es la de cubrir la muerte o invalidez del asegurado.

Si se produce el fallecimiento, los ingresos obtenidos tenemos que tributarlos en el Impuesto de Sucesiones, que está transferido en cada Comunidad Autónoma. Pero si se produce una invalidez o en todo caso en el que coincida el tomador que contrata y paga la prima del seguro (o el asegurado si el seguro es colectivo), y el beneficiario de la prestación, lo tiene que hacer por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Te explicamos a continuación los puntos clave para cobrar y cómo tributa un seguro de vida.

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El seguro de vida y el IRPF

En primer lugar, aunque hemos señalado que la invalidez, es decir, cuando recibes esta prestación como asegurado para cubrir esta situación es uno de los supuestos más claros en los que hay que tributar por el IRPF, no siempre es así. Existe una excepción, los seguros de invalidez cuyo beneficiario es el acreedor hipotecario.

Es un caso muy común para muchos hipotecados que a la hora de contratar el préstamo con garantía hipotecaria de su vivienda se les obligó también a suscribir un seguro de vida, con cobertura de invalidez en la mayoría de los casos, a favor de la entidad financiera para cubrir la deuda pendiente. Los cambios en la nueva Ley Hipotecaria que se aprobarán en este año 2018 acaban con esta obligación, pudiendo el hipotecado suscribir voluntariamente este seguro si la entidad ofrece alguna contraprestación o mejora en condiciones como el tipo de interés.

Más allá de esta excepción, si es el tomador el que va a recibir el capital estipulado en la póliza deberá declarar sus impuestos en el IRPF del año en el que percibió este cobro. Por ejemplo, si lo recibió en el año 2017, en la declaración de la renta de ese ejercicio que se puede presentar desde el 4 de abril hasta el 2 de julio de 2018.

La forma de cálculo es muy sencilla, lo hará por la cantidad recibida restando las primas satisfechas en ese ejercicio.

Así por ejemplo si ha recibido 60.000 euros y ha pagado 300 euros de prima en ese ejercicio, tendrá que declarar una ganancia de 60.000 euros – 300 euros = 59.700 euros.

Este rendimiento se considera como de capital inmobiliario por lo que habrá que tributar dependiendo de su cuantía a diferentes tipos:

  • Los primeros 6.000 euros al 19%
  • De 6.000,01 euros a 50.000 euros al 21%
  • De 50.000,01 euros en adelante al 23%

¿Cuánto se paga a Hacienda si cobras la indemnización del seguro de vida?

Si cobras un seguro de vida tendrás que pagar una parte proporcional a Hacienda. La cantidad a pagar será proporcional y dependerá del estado en el que te encuentres. También variará si la cuantía del seguro es por incapacidad o por fallecimiento.

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Los impuestos que debemos pagar al cobrar un seguro de vida no se cobran de forma automática, si no en el IRPF anual.

Casos de invalidez

Para el cobro del seguro de vida en los casos de invalidez se hace una declaración por rendimientos de capital mobiliario. Hacienda establece los siguientes tramos:

  • Hasta 6.000€ se deberá de pagar el 19% en impuestos
  • Desde 6.000€ hasta 50.000€ se deberá de pagar un 21% en impuestos
  • A partir de 50.000€ se deberá de pagar el 23% de impuestos

Casos de fallecimiento

Para el cobro de los seguros de vida en caso de fallecimiento las opciones a tener en cuenta son diferentes, ya que se centran en el beneficiario. Esto se aplica teniendo en cuenta la edad, parentesco o minusvalía del beneficiario.

A los hijos se les aplica una reducción máxima de impuestos.

Si el beneficiario cuenta con una minusvalía de entre el 33% al 65% se aplica también una reducción adicional.

En caso del que el beneficiario cuente con una minusvalía de más del 65% se eleva la reducción máxima.

¿Dónde tributo el cobro de un seguro de vida?

Esto nos genera la pregunta ¿dónde tenemos que tributar un seguro de vida? En muchos casos el asegurado/tomador del seguro ha podido tener su residencia en una comunidad autónoma distinta que el asegurado. En estos casos la normativa es clara. Los beneficiarios de un seguro de vida que cobren por fallecimiento del asegurado tributarán por el Impuesto sobre Sucesiones en la comunidad autónoma donde residía este último.

Este hecho puede tener implicaciones fiscales importantes ya que al Impuesto de Sucesiones se le aplican beneficios fiscales que reducen el importe a pagar hasta en un 99% pero con diferencias importantes.

Reducciones del impuesto

El cobro de un seguro de vida tiene una ventaja con respecto a otros bienes que se recibe en herencia ya que se aplicará una reducción del 100%, con un límite de 9.195,49 euros, a las cantidades percibidas por los beneficiarios de contratos de seguros sobre vida, cuando su parentesco con el contratante fallecido sea de cónyuge, ascendiente, descendiente, adoptante o adoptado.

Bonificaciones por Comunidades Autónomas

A esta reducción hay que aplicar las que correspondan a las comunidades autónomas. Cada vez son mayores las bonificaciones que aplican las comunidades autónomas, pero las diferencias no solo están en el porcentaje de la aplicación, también en el grado de parentesco al que se aplican.

Así, entre los cambios legislativos de 2019, Madrid que aplica una reducción de un 99,9% en los casos de herederos directos, ha empezado a destinar una bonificación del 15% para hermanos y otra del 10% a tíos y sobrinos. Aragón ha incrementado la reducción del grupo II a 500.000 euros y una reducción de 15.000 euros a hermanos del fallecido, así como una bonificación del 65% en la compra de vivienda del finado. Cantabria amplía al 100% la bonificación al grupo I y II, mientras Canarias amplía a un 99,9% la de herederos del grupo III. En el lado contraria Asturias, Extremadura y Castilla y León mantienen las cuotas más elevadas, incluso para los parientes de primer grado.

Debes tener todas estas diferencias a la hora de gestionar y realizar el pago del capital que recibas por un seguro de vida.

Deducciones del seguro de vida

Una de las ventajas que podemos encontrarnos en los seguros de vida es que, al hacer la renta anual, nuestro seguro tributa entre un 19% y un 23% dependiendo de la cantidad que se pague.

Algo a tener en cuenta es dónde debes desgravar tu seguro de vida a la hora de hacer la declaración de la renta. Si eres el tomador o el beneficiario podrás desgravar el seguro de vida en el IRPF, si no, deberás hacerlo como impuestos y sucesiones.

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Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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