IRPF. Definición y cómo se calcula
Dentro de los distintos impuestos que se pagan en España, el IRPF, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, es uno de los más importantes junto al IVA. Y dentro de las dos categorías existentes, indirectos y directos, el más relevante de todos.
Esto es así, en primer lugar, porque todos los residentes en España, salvo algunas excepciones, tienen la obligación de tributar. Es decir, es el impuesto que mide todas las ganancias personales por lo que incluye: ganancias de trabajo, empresariales o profesionales, de ahorro, de vivienda o de inversiones.
Todo esto hace que sea tan relevante conocer las bases que rigen el IRPF, su cálculo y deducciones.
Índice
¿Qué es el IRPF?
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que grava la renta de los ciudadanos residentes en España. Es un impuesto de carácter personal y directo, lo que significa que se aplica de manera individual a cada contribuyente y se basa en su capacidad económica. Además es de carácter progresivo, por lo que cuantas más ganancias se tenga, más se paga.
Resumiendo estas son sus principales características:
- Base imponible del IRPF: tiene en cuenta todos los ingresos que la persona ha obtenido durante el año de cualquier naturaleza (trabajo, empresas, inmuebles, ahorro o ganancias patrimoniales).
- Sobre estos ingresos se aplican una serie de deducciones y reducciones que disminuyen la base imponible y el resultado a pagar.
- También existen exenciones, ciertos ingresos por los que no hay que tributar como las indemnizaciones por despido hasta un límite, las becas públicas para estudios y algunas prestaciones sociales.
- Aunque el IRPF se liquida entre los meses de abril y junio del año siguiente se aplican retenciones en buena parte de los ingresos, desde nóminas, facturas por servicios profesionales, dividendos o rendimiento de ahorro. Si las retenciones son mayores de lo que has pagado, tendrán que devolverte lo pagado de más.
- Es progresivo, por lo que la tasa impositiva aumenta a medida que lo hace el nivel de ingresos del contribuyente.
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¿Cómo se calcula el IRPF?
El cálculo de lo que se va a pagar por el IRPF implica varios pasos que explicamos a continuación de forma sencilla:
- Determinación de los ingresos brutos: en sus distintas modalidades: salarios, pensiones, alquileres, intereses por ahorro, dividendos, ganancias patrimoniales por venta de inmuebles o pisos, etc.
- Aplicación de ciertas reducciones, que aminoran esta cantidad, como las que se aplican a los rendimientos de trabajo o por aportaciones a planes de pensiones.
- Determinación de las distintas bases imponibles, que se calcula sumando los ingresos y restando las reducciones. El resultado es la Base Imponible General (rendimientos trabajo, actividades económicas, capital inmobiliario y ganancias patrimoniales). Por otro lado, la Base Imponible del Ahorro (intereses y dividendos junto a las ganancias de activos financieros).
- Aplicación de deducciones de la Base Imponible, que como veremos las hay personales, inversiones, etc.
- Cálculo de la Cuota Íntegra, resultado de aplicar un porcentaje por tramos de ingresos.
- Aplicación de las deducciones a la cuota íntegra, como las que aún existen por compra de vivienda habitual, dando lugar a la cuota líquida.
- Restar las retenciones al IRPF o los pagos fraccionados al IRPF que el autónomo hace a través del modelo 130.
- Resultado de la declaración, positivo (se puede fraccionar en dos pagos, el primero el 30 de junio y el segundo el 5 de noviembre) o negativa y es la Agencia Tributaria quien tiene que devolverte dinero.
Tramos de IRPF
Como hemos señalado, el IRPF es un impuesto progresivo que se organiza en tramos, tributando cada uno de ellos a un porcentaje diferente y creciente. Estos tramos se aplican a las dos bases imponibles, la Base Imponible General y la Base Imponible del Ahorro.
Tramos generales del IRPF en España
- hasta 12.450 euros: 19%
- Desde 12.451 hasta 20.200 euros: 24%
- Desde 20.201 hasta 35.200 euros: 30%
- Desde 35.201 hasta 60.000 euros: 37%
- Desde 60.001 hasta 300.000 euros: 45%.
- Mas de 300.000 euros: 47%.
Tramos del IRPF del ahorro:
- hasta 6.000 euros: 19%
- Desde 6.001 euros hasta 50.000 euros: 21%
- Desde 50.001 hasta 200.000 euros: 23%
- Más de 200.000 euros: 27%
Algunas consideraciones añadidas
El IRPF se distribuye al 50% entre lo que recibe el Estado y lo que recibe la Comunidad Autónoma de residencia, por lo que por ejemplo del primer tramo del 19%, un 9,5% irá para el Estado y el otro 9,5% para la Comunidad Autónomas. Pero éstas pueden determinar tipos diferentes que pueden ser inferiores o superiores al estatal.
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IRPF y pensiones
La mayoría de las pensiones, incluidas las pensiones de jubilación, están sujetas al IRPF. Esto significa que se consideran igual que los ingresos del trabajo a efectos fiscales estando sometidas a la misma normativa en cuanto al cálculo del IRPF.
Esto conlleva también, que al igual que los salarios estén sujetas a retenciones a cuenta del IRPF. Pero también, al igual que el resto de los ingresos si estas solo proceden de un pagador y no superan los 22.000 euros no hará falta hacer la Declaración de la Renta.
Pero como hemos anticipado, existen también algunas pensiones que no tributan como son:
- Pensiones de incapacidad permanente o gran invalidez, hasta el importe máximo que reconozca la Seguridad Social.
- Prestaciones a favor de familiares por incapacidad absoluta de su titular.
- Pensiones de orfandad.
- Auxilio por defunción.
- Las que vienen derivadas por actos de terrorismo.
- Por hijo a cargo.
Deducciones de IRPF
Las deducciones de IRPF son muy relevantes como se ha señalado, ya que su aplicación, sobre la base imponible o la cuota íntegra ya que disminuyen la cantidad a pagar.
Existe una enorme variedad, porque además de las que se aplican a la totalidad del impuesto hay otras que las determinan las Comunidades Autónomas, existiendo grandes diferencias.
Por tanto, la tipología es muy variada, destacando estas categorías:
- Por compra de vivienda habitual, 15% hasta un máximo de 9.040 euros por contribuyente para quienes adquirieron su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013. Para compras posteriores a ese año se aplican algunas deducciones autonómicas, menores y muy condicionadas (para jóvenes, zonas rurales, etc.).
- Alquiler de vivienda habitual, un 10,05% para contratos en vigor firmados antes del 1 de enero de 2015, con límites de renta. Para contratos posteriores, igualmente, existen algunas deducciones autonómicas, especialmente para jóvenes. Reformas Energéticas: Se pueden deducir entre el 20% y el 60% de las cantidades invertidas en obras de mejora de la eficiencia energética en la vivienda habitual, con límites anuales según el tipo de obra.
- Reformas de la vivienda que mejore la eficiencia energética, entre el 20% y el 60% de las cantidades invertidas en obras que mejoren la eficiencia energética en la vivienda habitual. Esta tiene límites anuales según el tipo de obra.
- Donativos a ONG y Fundaciones de hasta un 80% para los primeros 150 euros y el 35% del resto de entidades acogidas al régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos. Si el donante entrega la misma entidad en los dos ejercicios anteriores, el porcentaje se amplía al 40%.
- Aportaciones a Planes de Pensiones: se reduce la base imponible general, hasta un máximo de 1.500 euros anuales o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas.
- Deducciones por maternidad, las madres con hijos menores de 3 años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en la Seguridad Social pueden deducirse hasta 1.200 euros. También hay una deducción por gastos de guardería.
- Deducciones autonómicas: de todo tipo, vivienda, material escolar, eficiencia energética, gastos de salud, uniformes escolares, clases de idiomas, etc.
- Familia Numerosa: 1.200 euros anuales en la Familia Numerosa General, 1.800 cuando se tengan cuatro hijos y 2.400 euros para familias numerosas de categoría especial.
- Personas con discapacidad a cargo: Deducción de 1.200 euros anuales por cada descendiente o ascendiente con discapacidad, o por el propio contribuyente si tiene una discapacidad.
- Inversiones empresariales, un 30% de las cantidades invertidas en empresas de nueva creación. También hay incentivos fiscales por invertir en Ceuta y Melilla. empresas
Existen por tanto deducciones muy amplias que el contribuyente debe conocer. Afortunadamente, el sistema de borrador web así como la ayuda que presta la Agencia Tributaria facilita solventar dudas e incluso elaborar el IRPF en los casos más comunes.