Trabajar después de la jubilación ¿Es posible?
La jubilación es una de las preocupaciones más importantes actualmente para los españoles, y lo es no solo por llegar a ese momento de merecido descanso, sino por hacerlo con las mejores condiciones económicas. Conseguir ambas, la jubilación más temprana y con una prestación económica adecuada no es siempre compatible y por ello, trabajar después de la jubilación es una opción más demandada.
Se trata, ya sea posponiendo la jubilación a después de haber alcanzado los requisitos mínimos o compatibilizando el cobro de pensión con trabajo de mejorar económicamente, no solo en el presente, sino en el futuro.
Por todo ello es importante conocer cuáles son las diferentes opciones y los beneficios que se pueden conseguir al trabajar después de la jubilación.
Índice
¿Qué pasa si sigo trabajando después de la edad de jubilación?
La primera opción es trabajar después de haber alcanzado la edad mínima de jubilación, prolongar la vida laboral. Es una opción que económicamente beneficia al empleado y al Estado, y por eso se incentiva.
Hay que tener en cuenta que de forma general no hay límite en edad salvo:
- Trabajadores del régimen de Clases Pasivas (algunos funcionarios) que deben jubilarse de manera obligatoria a los 65 años.
- Docentes universitarios, magistrados, jueces, fiscales, letrados de la Administración de Justicia y Registradores de la Propiedad que comenzasen a trabajar antes del 2015, que tienen que dejar de trabajar a los 70 años.
Teniendo en cuenta estas salvedades, prolongar el tiempo hasta llegar al momento de retiro, obtener una jubilación demorada ayuda a:
- Mantener el nivel de vida actual, ya que se prosigue con los mismos ingresos, sin la disminución que conlleva el cobro de pensión.
- Aumentar la pensión de jubilación entre un 2% y un 4% por año trabajado que se aplica sobre la base reguladora que se utiliza para calcular la pensión. En concreto si se ha cotizado hasta 25 años se aplica un 2%; si es entre 25 y 37 años un 2,75% y, por último, si se ha cotizado ya más de 37 años el porcentaje se eleva al 4%. Con todo ello prima cuánto más tiempo se cotice.
- Ampliar nuestro periodo de cotización, especialmente relevante si no se ha conseguido la edad mínima para poder cobrar el 100% de la pensión correspondiente.
¿Qué pasa si estoy jubilado y quiero trabajar?
Prolongar la edad de jubilación no es la única opción de mejorar los ingresos, también lo es trabajar después de la jubilación. A diferencia del punto anterior es una posibilidad, que, aunque tiene diferentes formas de realizarlo también más limitaciones. Sí coincide, en algunas de las opciones, en que además de mejorar los ingresos presentes también lo hace en el futuro. Así se puede seguir trabajando después de la jubilación:
Jubilación activa
Con la jubilación activa podrás compatibilizar el cobro de una pensión con cualquier trabajo, tanto por cuenta propia (autónomo) como ajena (asalariado), sin límite a la jornada siempre que hayas accedido a la jubilación en edad ordinaria y se hayan alcanzado los requisitos para cobrar el 100% de la base reguladora.
En este periodo se mantiene la cotización a la Seguridad Social, pero de forma reducida, por incapacidad temporal y por contingencias profesionales a la que se suma un 8% en concepto de solidaridad, que en los asalariados se paga un 6% el empresario y 2% el trabajador.
Los principales inconvenientes son:
- Se cobrará solo el 50% de la pensión, sin posibilidad de complementos, para los asalariados. Los autónomos con al menos un trabajador si podrán cobrar el 100% de la pensión.
- Las cotizaciones no dan opción de recálculo de la jubilación, que seguirá siendo la misma a la que tuvo derecho solo con las actualizaciones anuales correspondientes.
Jubilación parcial
La jubilación parcial difiere de forma importante con la activa. En primer lugar se puede acceder a los 60 años, simultaneando con un contrato de trabajo a tiempo parcial. Este puede estar vinculado, o no, a un contrato de relevo celebrado con un trabajador desempleado
En esta jubilación parcial la reducción del tiempo de trabajo es de un mínimo del 25% y un máximo del 85%, dependiendo de la modalidad.
Como ventajas tiene:
- Aumenta el periodo de cotización para así recibir el 100% de la pensión.
- Permite compatibilizar jubilación con prestaciones por desempleo o pensiones de viudedad.
Jubilación flexible
La jubilación flexible es un tipo de jubilación que permite a los jubilados reincorporarse a al trabajo como asalariados con una jornada de entre un 50 % y un 75 % de la habitual. Para ello el trabajador debe comunicar a la Seguridad Social su intención de trabajar antes de iniciar la actividad para así reducir la pensión en el mismo porcentaje que la jornada laboral.
Si ventaja principal es que se seguirá cotizando hasta que deje de trabajar definitivamente y llegado ese momento, en este caso sí se recalcula la pensión teniendo en cuenta las cotizaciones abonadas en el periodo de jubilación flexible.
¿Qué trabajos son compatibles con la pensión de jubilación?
La compatibilidad de trabajos con estas modalidades de pensión es muy amplia, siempre que se cumplan una serie de requisitos dependiendo del tipo de jubilación pactada:
- Jubilación parcial: Se mantiene el trabajo que se realizaba, pero reduciendo el tiempo de trabajo.
- Jubilación flexible: Cualquier trabajo asalariado, siempre que sea a tiempo parcial, ya que se reduce la jornada.
- Jubilación activa: Esta modalidad permite cualquier tipo de trabajo, a tiempo parcial en el caso de los asalariados y a diferencia de los anteriores, permite también que trabajen los autónomos.
Incompatibilidades con la pensión de jubilación
Frente a las posibilidades que acabamos de ver, hay que tener en cuenta que existen incompatibilidades:
- Trabajos en el sector público señalados en el apartado 1 del art. 1 de la Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas con excepciones los profesores universitarios eméritos y el personal licenciado sanitario.
- El desempeño de los altos cargos.
Es por tanto la jubilación parcial el modelo menos flexible, especialmente si se compara con la jubilación activa que es la que ofrece más posibilidades al permitir en algunos casos en los autónomos incluso trabajar el 100% de la jornada.
¿Qué puede hacer un jubilado para ganar algo de dinero?
Una opción de trabajar después de la jubilación y compatibilizar la pensión de jubilación con otros ingresos es cuando el pensionista recibe otros ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
En este caso, la Ley General de la Seguridad Social permite compatibilizar el 100% de la pensión de jubilación con trabajo realizado por cuenta propia, como autónomo, si los ingresos anuales provenientes de este trabajo no superen el importe SMI de manera anual. Es decir, se puede superar estos ingresos, 1.080 euros mensuales, algún mes, siempre que en el cómputo anual no se superen en términos anuales, 15.120 euros en el ejercicio 2023.
Además, estos pensionistas no están obligados a cotizar a la Seguridad Social, aunque sí tienen que tributar por sus ingresos a la Agencia Tributaria así como hacer frente otras obligaciones fiscales.
Esto abre el abanico a muchas posibilidades, especialmente las que vienen derivadas de algunas actividades profesionales que se pueden realizar temporalmente, como cursos y conferencias, e incluso a distancia sin tener que desplazarse como ocurre con algunas modalidades de teletrabajo como escribir artículos, realizar estudios o traducciones entre muchas otras posibilidades.
Existen por tanto múltiples opciones de trabajar después de la jubilación, en las que hay que analizar sus ventajas y limitaciones como hemos mostrado en este post y que esperamos hayan sido de utilidad.