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Qué es el valor catastral y cómo calcularlo

calcular el valor catastral de un inmueble

Tener un valor de referencia de los inmuebles, el valor catastral, tiene una enorme importancia por toda una serie de motivos: fiscales, administrativos, jurídicos y estadísticos.

El valor catastral sirve para determinar los impuestos a pagar por el inmueble, el IBI, fundamental para los propietarios. Pero también ayuda a la planificación urbana y a realizar estudios sobre el mercado inmobiliario y el territorio.

Por todo ello, conocer qué es el valor catastral, cómo se determina y sus implicaciones es tan importante. Lo explicamos.

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¿Qué es el valor catastral de un inmueble?

El valor catastral de un inmueble es el valor administrativo asignado a una propiedad, que se utiliza principalmente para fines fiscales, estadísticos y administrativos.

Es importante, en primer lugar, diferenciarlo con el valor de mercado, que es de referencia en la compra y venta de inmuebles. El valor catastral de un inmueble es generalmente inferior al valor de mercado, aunque en algunas zonas y circunstancias, como un desplome de precios por una crisis económica, puede aproximarse más a este.

Los criterios de cálculo son muy distintos y se determinan de la siguiente forma:

  • Valor del suelo, que depende de dos factores: la ubicación y el uso del suelo (residencial, comercial, etc.).
  • Valor de la construcción: entran en juego varios factores, que van desde la calidad de la construcción, su antigüedad y su estado de conservación.

Este valor es utilizado principalmente para calcular impuestos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), que se paga anualmente.

También hay que tener en cuenta que sus coeficientes de cálculo se pueden actualizar según se determine en los Presupuestos Generales del Estado.

Interpretación de una referencia catastral

Además del valor catastral es muy relevante la existencia de la referencia catastral, un código alfanumérico único que identifica un bien inmueble en el Catastro, el registro administrativo que depende del Ministerio de Hacienda y Función Pública que contiene la descripción de todos los bienes inmuebles de España.

Este código está compuesto por una combinación de números y letras (20 caracteres), permitiendo identificarla de manera inequívoca dentro del territorio nacional. En el caso de España tiene esta composición:

  • Primeros 7 caracteres: identifican la parcela en la que está ubicado el inmueble.
  • Siguientes 7 caracteres: indican el elemento dentro de la parcela (lo más común es un piso en un edificio).
  • Últimos 6 caracteres, sirven de control, utilizados para verificar la exactitud de los datos.

La referencia catastral permite:

  • Localizar cualquier inmueble en el mapa catastral, proporcionando datos como la ubicación, superficie o uso.
  • Realizar trámites administrativos, como la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad.
  • Calcular y pagar impuestos sobre el inmueble como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
calcular valor catastral y localizar el inmueble

¿Dónde puedo ver el valor catastral de mi vivienda?

El valor catastral de una vivienda se puede consultar a través de varios medios:

  • Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): el valor catastral suele estar indicado en el recibo anual del IBI, que es un tributo local que se paga cada año.
  • Sede electrónica del Catastro: desde la página oficial del catastro se puede consultar el valor catastral, pero con restricciones, ya que no es información pública. Solo pueden acceder los propietarios, identificándose por certificado digital o sistema cl@ve o administraciones públicas.
  • Certificado catastral que se solicita en las oficinas del catastro.
  • Oficinas o secciones de hacienda de los ayuntamientos, donde expiden los recibos del IBI.

¿Para qué necesito el valor catastral?

El valor catastral es una información importante para distintas funciones:

  • Cálculo de impuestos: no solo el IBI, también imputar rentas en el IRPF y Patrimonio incluso en herencias en el Impuesto de Sucesiones o el cálculo de la plusvalía municipal en el caso de venta de la vivienda.
  • Compraventa de viviendas, ya que si se vende por debajo del valor catastral, hay que justificar las razones.
  • Tasación de inmuebles, como un indicador inicial del valor de la propiedad para ciertos procedimientos, siendo un valor mínimo como la solicitud de una hipoteca.
  • Trámites urbanísticos como licencias urbanísticas o subvenciones.

El valor catastral puede ser necesario para ciertos trámites administrativos como:

  • Solicitudes de licencias de construcción o rehabilitación.
  • Tramitación de subvenciones para mejoras en viviendas (rehabilitación energética, reformas, etc.).
  • Procesos relacionados con el Catastro o la inscripción registral de la propiedad.

Cómo modificar los datos del catastro

Si los datos del Catastro relacionados con el inmueble no son correctos (superficie, titularidad, ubicación, uso del inmueble, etc.) se puede solicitar una modificación para que la información sea actualizada.

Existen dos tipos de procedimientos principales de modificación:

  • Subsanación de errores: se realiza si hay un error en los datos actuales que figura en el Catastro como dimensiones incorrectas.
  • Declaración catastral: cuando se producen ciertos cambios en el inmueble, como una ampliación de la vivienda o un cambio de titularidad.

En todos los casos, tras identificar el tipo de error (titularidad, superficie, uso del inmueble, ubicación o características) hay que reunir la documentación necesaria para realizar la solicitud de modificación catastral como escrituras de propiedad, licencias urbanísticas o planos.

Con esta documentación se puede presentar la solicitud tanto en digitalmente en la Sede Electrónica del Catastro, con certificado digital o Cl@ve PIN o presencialmente en oficinas del Catastro.

Una vez presentada la solicitud, la administración revisará tu petición y comprobará la veracidad de la documentación. El plazo de respuesta máximo es de seis meses. Una vez aprobada la solicitud, es importante verificar que los datos catastrales para asegurarte de que han sido corregidos adecuadamente. Puedes hacerlo a través de la Sede Electrónica del Catastro o solicitando un certificado catastral actualizado.

En general, modificar los datos del Catastro es un trámite gratuito. Sin embargo, en algunos casos, como si necesitas planos actualizados se deben asumir los costes de los honorarios profesionales que realicen esas mediciones (arquitectos, topógrafos, etc.).

Si la solicitud es rechazada o no se está de acuerdo con la modificación realizada por el Catastro, se puede presentar un recurso de reposición o, en última instancia, recurrir a los tribunales.

Modificar los datos del Catastro es un proceso importante para asegurar que la información de la propiedad esté actualizada, lo que puede afectar impuestos y otros trámites legales.

Bibliografía

Catastro: cuestiones generales. Dirección General del Catastro, Ministerio de Hacienda.

https://www.catastro.hacienda.gob.es/esp/faqs.asp

Actualización de valores catastrales por coeficientes aprobados por Ley de Presupuesto. Dirección General del Catastro, Ministerio de Hacienda.

https://www.catastro.hacienda.gob.es/esp/coeficientes_ponencias.asp

¿Qué es el valor de referencia de un inmueble? FEMP – Federación Española de Municipios y Provincias.

http://femp.femp.es/files/566-2911-archivo/20210719_PREGUNTAS%20Y%20RESPUESTAS%20SOBRE%20VALOR%20DE%20REFERENCIA.pdf

Valor catastral: Introducción, IBI, Referencia Catastral y Valoración.

Aniade. Asociación de Ingenieros Agrónomos del Estado.

https://aniade.es/wp-content/uploads/2024/04/Catastro-ANIADE.pdf

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Redactor Salud y Consumo
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Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).