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Renunciar la herencia ¿Es posible? ¿Cómo llevarlo a cabo?

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Recibir una herencia no debe considerarse siempre una buena noticia. Al constituirse como un conjunto de bienes, derechos, pero también obligaciones de una persona que no se extinguen tras su muerte, estos pueden incluir propiedades, todo tipo de activos personales y deudas. Es aquí donde entre una de las posibilidades: renunciar la herencia.

Por todo ello, para cobrar una herencia no solo hay que centrarse en procedimientos formales como obtener el certificado de defunción y solicitar el certificado de últimas voluntades, sino que hay que prestar gran atención a evaluar el testamento.

Esta evaluación del testamento no solo debe ir al reparto de los bienes, sino considerar todas las obligaciones que de éste se desprenden:

  • Fiscales, los impuestos derivados del cobro de la herencia.
  • Financieras, el pago de deudas que contiene la herencia y que pasan junto al resto de sus bienes a quien acepte la herencia.

Por todo ello la decisión de aceptar o renunciar la herencia es tan relevante. Para tomar una mejor decisión os explicamos en que consiste la renuncia, sus pasos y responsabilidades.

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¿Qué pasa si un heredero renuncia a la herencia?

Cuando un heredero renuncia la herencia, no recibe ninguna parte de ella. Legalmente su situación es como si no hubiese nunca heredero esto conlleva que:

  • La parte de su herencia se reparte entre el resto de los herederos, realizando una nueva partición.
  • Esta nueva redistribución se basa en lo establecido en el testamento o en su defecto lo determinado por la ley. Es decir, se puede renunciar a una herencia compartida perfectamente, conllevando tan solo un nuevo cálculo del reparto.

Renunciar la herencia debe hacerse igual formalmente, a través de notario. Es un acto irrevocable, una vez firmado no puede reclamar ningún derecho, por lo que debe analizar muy bien la masa hereditaria y los pros y contra de su aceptación antes de ejecutar este acto.

Por último, no hay que olvidar que renunciar la herencia también significa hacerlo por cualquier deuda que pudiera estar asociada con ella.

¿Qué se necesita para hacer una renuncia de herencia?

Como ya hemos adelantado, para realizar una renuncia de herencia es imprescindible seguir varios pasos legales formales:

  • Señalar su posición como heredero, lo que conlleva, como si se solicita el cobro, tramitar el certificado de defunción de la persona que origina la herencia y el certificado de últimas voluntades, que especifica si el fallecido dejó testamento, y si fuera así en que notaría está depositada.
  • Elevarlo a escritura pública. La renuncia de una herencia se debe formalizar mediante escritura pública ante notario.
  • Proceso de registro. Si la herencia incluye bienes inmuebles debe inscribirse esa renuncia en el Registro de la Propiedad.

Con estos pasos el heredero queda liberado de cualquier tipo de obligación derivada de la herencia.

¿Qué debo hacer para renunciar a una herencia?

La formalización de la renuncia de la herencia ante notario da lugar a un acto irrevocable, por lo que más allá de los pasos formales que acabamos de señalar hay que realizar un buen análisis de la situación que incluya:

  • Conocer los derechos, tanto inmuebles como otros activos como cuentas corrientes o activos financieros, lo que conlleva en muchos casos consultar como herederos con la entidad financiera donde tenga titularidades.
  • Ver si existen otros derechos posibles de cobro como seguros de vida a través del Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento.
  • Analizar las responsabilidades derivadas, tanto futuras, esencialmente la cuantía de impuestos a pagar, como presentes, deudas que ya se tengan.
  • Ver no solo si los bienes que se van a recibir tienen un valor por encima de los pagos que hay que realizar. En muchos casos puede darse el caso de que los bienes que se reciba no sean líquidos o difíciles de vender, como ocurre con buena parte de los bienes inmuebles. Mientras, el pago de las deudas, incluidas las fiscales, la capacidad de demorar el pago es muy limitada.
  • Consultar con un abogado especialista que asesore sobre los pasos a realizar en caso de dudas.

¿Cuánto hay que pagar para renunciar a una herencia? ¿Cuánto cuesta una renuncia de herencia ante notario?

Renunciar la herencia no implica un coste directo. No existen impuestos o pagos de algún tipo de tasas que haya que abonar de forma obligatoria para realizar este acto. Pero sí hay que cubrir un gasto relevante: los costes notariales para formalizar la renuncia mediante una escritura pública.

El coste de la renuncia ante notario es variable y depende especialmente de la complejidad de la herencia, ya que viene determinado por el número de páginas del documento notarial.

Así, nos podemos encontrar renuncias de herencias por debajo de los 100 euros a otras que superen esta cantidad ampliamente. Una vez realizado este documento, ya no hay que pagar nada por el Impuesto de Sucesiones.

¿Quién debe renunciar a la herencia?

Renunciar a una herencia es una decisión personal que puede ser tomada por cualquier heredero designado en el testamento o beneficiario por ley si no existiera este.

En puridad, en la mayoría de los casos debe renunciar una herencia con deudas, que genere obligaciones de pago superiores. Así, la casuística más común de renuncias se produce por:

  • No desea o no puede hacer frente a las cargas que tenga la herencia.
  • Conflictos familiares.
  • Situación financiera personal que hace complicado realizar frente a nuevos pagos, incluso cuando hay bienes que puedan compensar las deudas en un futuro.
  • Obligaciones fiscales.

La renuncia como hemos señalado debe ser informada, pero ante todo merece un amplio análisis, ya que es irrevocable una vez se formaliza ante notario.

renunciar a una herencia en favor de otro heredero pareja

¿Quién se queda con una herencia rechazada?

Cuando un heredero renuncia a una herencia, su parte se redistribuye a los siguientes herederos o beneficiarios legales. Así podemos encontrarnos con tres supuestos:

  • Nuevo reparto según testamento: que señala las alternativas en caso de renuncia y como se distribuye conforme a las indicaciones reflejadas.
  • Sucesión legal: si no hay testamento o no hay instrucciones en el mismo, la herencia se distribuye según lo que establece la ley. En España el orden de sucesión es de primero, los hijos y los padres, luego, el cónyuge, seguido de los hermanos y sobrinos. En última instancia estarían los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad (primos hermanos, sobrinos, nietos y tíos abuelos).
  • Si no hay herederos, el Código Civil establece que “puede disponer por testamento de todos sus bienes o de parte de ellos en favor de cualquiera persona que tenga capacidad para adquirirlos”. Este hecho conlleva que, aunque sea la Administración Pública a quien recaiga en primer lugar los bienes, lo hace para venderlos.

¿Cómo tributa la renuncia a una herencia en el impuesto de sucesiones?

La renuncia a una herencia conlleva no tener ningún tipo de obligación entre las que está la tributación bajo el Impuesto de Sucesiones.

Sin embargo, existe una excepción: si la renuncia se realiza en favor de otra persona específica, lo que se conoce como renuncia translativa. Este acto no implica una renuncia propiamente, sino una cesión de derechos que, para ser cedidos, han de ser previamente adquiridos.

En este caso se produce por tanto una donación, que está sujeta a tributación. Por ello es relevante siempre tener un asesoramiento adecuado para realizar los pasos y cumplir las obligaciones que pudieran derivar.

¿Qué pasa si no se acepta ni rechaza la herencia?

Si no se acepta ni se rechaza una herencia, la herencia pasa al estado de herencia yacente. En este caso la herencia no tiene un dueño definitivo y está a la espera de que los herederos tomen una decisión.

Lo normal en estos casos es que la herencia pase a ser gestionada por un albacea o un administrador, que incluso puede ser judicial. Su papel es fundamental, ya que:

  • Debe mantener el patrimonio, para que al menos no pierda su valor.
  • Hará frente, o responderá de las cuestiones legales, fiscales y administrativas que surjan hasta que la herencia pase a manos definitivas.

No obstante, es fundamental que los herederos actúen lo más rápidamente, posible aceptando o renunciando a la herencia para resolver su estado de yacencia.

La herencia yacente está considerada como un obligado tributario, por lo tanto tendrá que hacer frente a todos los tributos que se hayan ido generando, desde las plusvalías o IRPF, a impuestos sobre bienes como el IBI en el caso de inmuebles.  A pesar de estas obligaciones, el pago de los impuestos no supone ni la aceptación de la herencia yacente, ni la obligación de aceptar por parte de los herederos.

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¿Qué es la renuncia pura y simple?

La renuncia pura y simple es el acto legal mediante el cual el heredero declara su intención de no aceptar la herencia. Esta renuncia tiene una serie de características:

  • Debe ser total, de todas las obligaciones, pero también de todos los bienes.
  • Incondicional, no puede poner ningún tipo de condiciones a su renuncia.
  • Irreversible, no puede dar marcha atrás a su decisión una vez que se haya formalizado por notario.
  • Pública, ya que la renuncia debe ser registrada ante notario para que tenga efectos legales frente a terceros.

¿Cómo se puede averiguar si una persona ha renunciado a una herencia?

Se puede saber si una herencia ha sido renunciada a través del Registro de Actos de Última Voluntad. Este registro proporciona toda la información sobre las aceptaciones o renuncias de herencias tras el fallecimiento de una persona.

Para poder consultar solo es necesario el certificado de defunción del fallecido y el certificado de últimas voluntades.

Cualquier persona que posea un interés legítimo puede solicitar el acto de últimas voluntades. Esto incluye a los herederos, legatarios, y otras personas o entidades que tengan un interés económico o legal directo en la herencia del fallecido.

Esto incluye a intermediarios que intervienen en este proceso como los notarios y los abogados que representan a estos interesados. Todo ello demuestra que dentro de la posibilidad cada vez más utilizada de renunciar la herencia es importante hacerlo de forma planificada, informada y asesorada para siempre tomar la decisión más correcta.

Redactor Salud y Consumo

Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).

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