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Consejos para preparar el cierre de año fiscal

consejos para el cierre de año fiscal

Puedes pensar que aún queda mucho para la declaración de la renta del 2019. Es cierto que hasta el próximo mes de abril no se abrirá el plazo de presentación que finalizará el último día de junio pero lo que presentes esos días dependerá de lo que hagas en este ejercicio que finaliza el próximo 31 de diciembre, día de cierre de año fiscal. Por ello son muy importantes las decisiones que tomes de aquí a final del año.

Revisa lo que ya hayas pagado

A lo largo del año, los asalariados, e incluso muchos autónomos, adelantan pagos a la Agencia Tributaria a través de retenciones o ingresos a cuenta. Si bien la retención del asalariado es fija (15% si llevas más de un año de actividad) la del asalariado es variable y depende de otras circunstancias, desde tu nivel de ingresos a si tienes hijos, si deduces por vivienda o incluso en función a la duración del contrato, entre muchos otros aspectos.

Por ello, es importante que analices lo que has pagado y lo pongas en relación con lo que deberías haber ingresado. Por ejemplo, la retención mínima obligatoria es de tan sólo un 2% en contratos inferiores a un año, pero, si has tenido o tienes otros ingresos, o has concatenado varios de estos contratos, esta retención puede ser insuficiente y el resultado de la futura declaración será a pagar.

Elevar o no la retención de estos últimos meses, antes del cierre de año fiscal, dependerá en muchos casos de tus preferencias, a las que tendrás que unir tus circunstancias personales. Si no lo haces, tendrás que pagar cuando presentes la declaración, dentro de más de medio año.

Financieramente no estás adelantando el dinero y lo liquidas dentro de un tiempo, con lo que es mejor opción, pero si prefieres no tener ese impacto financiero el próximo mes de junio e ir adelantando pagos, será preferible que en estos meses ajustes las retenciones.

Aprovecha y repasa las deducciones

Aportaciones en Planes de Pensiones y Planes de Jubilación

También estas semanas debes ver todas las opciones de deducción. Una de las más importantes es la que se consigue con las aportaciones en Planes de Pensiones y Planes de Jubilación, entre los que están los Planes de Previsión Asegurados (PPA).

Teniendo en cuenta que el máximo de deducción anual son 8.000 euros o el 30% de tus ingresos por trabajo o por tu actividad como autónomo (el menor de estos dos puntos), el primer paso es ver qué aportaciones ya has realizado y cuánto puedes contribuir hasta alcanzar este importe máximo.  El resultado de toda aportación será pagar menos impuestos y en muchos casos que el resultado de la declaración sea a devolver.

Aportaciones a ONG y otras organizaciones

También son cada vez más importantes las aportaciones a ONG y otras organizaciones que actúan en el ámbito social y cultural. Estas aportaciones también tienen derecho a deducción con diferentes límites y porcentajes que varían según sea la institución a la que se realiza la aportación y la continuidad en años de esta. Realizar nuevas aportaciones también puede ser fiscalmente interesante.

Deducciones autonómicas

Tampoco podemos olvidarnos de las deducciones autonómicas. Estas son cada vez más importantes para muchos contribuyentes especialmente por su enorme tipología: desde el cuidado de mayores, libros escolares, alquiler, rehabilitación de vivienda, cursos de idiomas, etc.

Podemos tomar como referencia las que estaban aprobadas en el 2019 y consultar nuevas aprobaciones -o derogaciones- que haya realizado tu comunidad autónoma. Ten en cuenta que es importante tanto sacar partido de estas donaciones como cumplir los requisitos y recabar toda la información.

Por ejemplo, en deducciones como guarderías éstas tienen que estar inscritas en registros públicos de la comunidad autónoma y generalmente que los pagos se realicen por domiciliación bancaria u otro método en el que se verifique la transacción económica.

Otras obligaciones si eres autónomo

En el caso de los autónomos, el cierre de año es incluso más importante. Nada más acabar el ejercicio, en el mes de enero, hay que presentar las últimas declaraciones trimestrales del año y toda una serie de declaraciones informativas en las que se detallan todo tipo de movimientos económicos del año (resumen anual de IVA, de retenciones, de operaciones intracomunitarias, etc.). Por todo ello, llevar todo el registro contable y fiscal al día es muy importante.

Es cierto que a diferencia de otros trimestres el autónomo dispone de diez días más, hasta el 30 de enero, para presentar sus liquidaciones trimestrales de IVA, pago a cuenta del IRPF o retenciones practicadas a trabajadores.

En este primer mes no es la única declaración que tenemos que presentar ya que en ese mismo día también hay que presentar resúmenes anuales que requieren un mayor trabajo como son el modelo 390 (Resumen Anual del IVA del ejercicio) o el modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias).

También muchas de las decisiones económicas que se tomen en estos días tienen implicación fiscal. Por ejemplo, puedes demorar un gasto o adelantarlo, teniendo en cuenta que al restarse de tus ingresos supondrá un mayor o menor beneficio y por tanto pagar más o menos impuestos. Aunque lo mejor es tener un control de nuestra fiscalidad a lo largo de todo el año. Por ello, aún estás a tiempo de determinar el resultado de tus impuestos en estas últimas semanas del año.

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Redactor Salud y Consumo
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Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).