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Declaración de la renta: qué es, cómo hacerla, consejos y fechas claves

declaracion de la renta

Con la llegada del mes de abril se da el pistoletazo a la campaña de la declaración de la renta. Desde ese día, miles de españoles deben cumplir con la obligación de liquidar sus impuestos personales del año anterior. Muchos de ellos lo hacen en los primeros días, para buscar que la Agencia Tributaria tramite lo antes posible una devolución de las cantidades anticipadas en las retenciones que se hayan pagado de más.

Con la implantación del borrador electrónico, la tramitación de la declaración de la renta se ha simplificado y las devoluciones son más rápidas. Pero, para ello, antes debemos solicitar toda la información necesaria para comprobar todos los datos y así confirmar el borrador sin sustos.

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¿Quién tiene que presentar la declaración de la renta?

Deben presentar la declaración de la renta quienes hayan ingresado más de 22.000€ en el último año fiscal, hayan tenido más de 1 pagador o en caso de haber recibido rendimientos distintos al trabajo.

Así, no todos los contribuyentes están obligados a presentar la declaración de la renta. Tal y como especifica la Agencia Tributaria en su página web, existen una serie de límites cuantitativos establecidos por debajo de los cuales no estamos obligados a hacer la declaración de la renta.

Además, como te he adelantado, los ingresos no son el único elemento que nos pueda llevar a tener que presentar la declaración de la renta de forma obligatoria. Estaremos obligados a hacer dicho trámite si en nuestro año fiscal hemos percibido ingresos por parte de más de 1 pagador. Y, también, deberemos presentarla en caso de que hayamos recibido rendimientos distintos al trabajo, como los ingresos procedentes de alquileres o inversiones.

¿Cuánto es el mínimo para hacer la declaración de la renta?

El mínimo para hacer la declaración de la renta es de 22.000€ anuales.

Pero, como ves, haber tenido más de un pagador o recibir rendimientos distintos al trabajo, nos obliga a hacer la declaración de la renta, independientemente de las cuantías que hayamos ingresado en el último año fiscal.

¿Qué es la declaración de la renta?

La declaración de la rentaIRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es un tributo que tenemos la obligación de pagar todos los ciudadanos a la Agencia Tributaria en función a los ingresos que hayamos obtenido durante el año fiscal.

Como ya hemos visto, no es obligatorio en todos los casos. Deben superarse determinados límites de ingresos o darse determinadas condiciones.

En todo caso, cuando hablamos de la declaración de la renta, hablamos de la principal fuente de ingresos de Hacienda, junto con el impuesto del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido).

¿Cuándo presentar la declaración de la renta en 2023?

Debes hacer la declaración de la renta a partir del 11 de abril por internet, 5 de mayo por teléfono y 1 de junio de forma presencial.

Para entrar más en detalle, a continuación te cuento todo sobre las fechas y meses clave que debes tener en cuenta para que el momento de la declaración de la renta no te pille por sorpresa.

Fechas para la declaración de la renta en 2023

Aunque dependerá de la Semana Santa y las festividades, la campaña de la declaración de la renta arranca en los primeros días del mes de abril para presentarla por Internet. En caso de querer presentarla en las oficinas de la Comunidad Autónoma correspondiente u en otro organismo colaborador, este plazo se ve incrementado hasta el mes de mayo si es por teléfono y hasta junio si es presencial. Los trámites vía telefónica y presencial requieren de previa solicitud de cita.

Las fechas concretas para la declaración de la renta en 2023 son:

  • 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022
  • 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar tu declaración de Renta 2022 por teléfono (solicitud de cita desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio)
  • 1 a 30 de junio de 2023: la Agencia Tributaria te podrá confeccionar tu declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio)
declaración renta

Para ser atendido por la Agencia Tributaria, tanto por teléfono como presencialmente, concierta previamente cita, por Internet o llamando a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26/901 12 12 24 o 91 553 00 71/901 22 33 44.

Fecha límite de la declaración de la renta

El plazo de presentación de la declaración de la rente finaliza todos los años en torno al 30 de junio. Pero, en caso de que quieras domiciliar el pago en tu entidad financiera, el plazo acaba unos días antes. Además, no debes olvidar que, si decides fraccionar el pago en dos plazos, el primero -de un 60% del importe a abonar- se cobrará en torno al 30 de junio y, el segundo -con el 40% restante-, en torno a principios de noviembre.

En declaraciones sencillas, con ingresos de trabajo y rendimientos de otros productos con retención (cuentas, depósitos, dividendos, fondos, etc.), la devolución es rápida, puedes tenerla en 7 o 10 días. Pero, si son más complejas (autónomos, ventas de inmuebles, etc.), la tramitación puede ser mucho más larga y tediosa. Por ello, hacerla con prisas no es garantía de devolución rápida y muchas veces sí lo es de cometer errores.

¡Y ojo con tener muy presente la fecha límite de la Declaración de la Renta y no dejarla escapar!

💡 Y, si eres de los que llegas tarde a esta sección del artículo… pasa directamente a Cómo presentar la declaración de la renta fuera de plazo.

Borrador de la declaración

El borrador de la declaración de la renta es la forma más sencilla de presentar la declaración, ya que nos ofrece la declaración de la renta completa, a falta de confirmar. Eso sí, siempre hay que revisarlo bien, ya que puede tener fallos y la responsabilidad es del contribuyente.

En la actualidad, el borrador es accesible para los contribuyentes cuyas ganancias procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, así como los derivados de Letras del Tesoro. Pueden acceder al borrador también quienes reciban ingresos por alquileres (imputación de rentas inmobiliarias), siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles.

Al borrador electrónico que proporciona la Agencia Tributaria, podemos acceder a través de tres procedimientos:

  • Certificado electrónico
  • El sistema de validación Cl@ve PIN
  • A través del número de referencia que te proporciona la Agencia Tributaria

Hay que tener muy en cuenta que la información que proporciona el borrador es muy diferente entre contribuyentes. Por ejemplo, un asalariado sin ganancias patrimoniales tendrá a su disposición información más completa que un autónomo, quien tendrá que completar la mayoría de la información. En todos los casos, es muy importante tomarse el tiempo suficiente para comprobar la declaración de la renta.

💡 Estos son los errores más habituales en el borrador de la renta.

declaración renta borrador

Simulador de declaración de la renta

Ten en cuenta que, de forma previa a la presentación de la Renta, tienes la posibilidad de simularla sin llegar a hacerla efectiva. Aunque por tus ingresos no estés obligado a presentar la declaración declaración de la renta, pide y simula la misma. En caso de que sea a pagar, no tendrás obligación, pero si por retenciones de rendimientos en cuentas corrientes o similares, especialmente por adquisición de vivienda, tienes derecho a devolución, siempre tendrás el recurso de presentarla para recuperar unos impuestos que has pagado por anticipado.

¿Cómo se presenta la declaración de la renta?

Para presentar la declaración de la renta, puedes hacerlo vía Internet, por teléfono o de forma presencial. Para tramitarla online, existe el servicio de ayuda Renta WEB. En los otros dos casos, serán agentes de la Agencia Tributaria quienes te ayudarán a presentarla.

Como ya hemos visto, para los servicios telefónico y presencial, debes pedir cita previa para que puedan atenderte los agentes.

¿Cómo hacer la declaración de la renta por internet?

Como te acabo de adelantar, debes acceder a Renta WEB. Lo primero que deberás hacer es identificarte. A continuación, podrás consultar tus datos fiscales, gracias a los cuales obtendrás el borrador de la declaración de la renta que se genera mediante Renta WEB.

Por último, cuando hagas la declaración de la renta a través de Renta WEB, todos los datos necesarios, o la mayoría, se adjuntarán de forma automática.

Siempre es conveniente que revises que todos los datos son los correctos, ya que podrás modificarlos si fuera necesario y es responsabilidad del contribuyente que no haya errores en la declaración de la renta. Si tu caso es el de tributación conjunta, tendrás que añadir los datos fiscales de todos los miembros de la unidad familiar.

¿Cómo hacer la declaración de la renta sin borrador?

Si no recibes borrador de la declaración de la renta, generalmente porque tus ingresos sean por actividades económicas, tendrás que hacer la declaración de la renta. Puedes basarte en la información fiscal que te proporcione la Agencia Tributaria, pero, si es así, es porque seguramente tendrás que proporcionar información adicional. Sea de una forma u otra, la manera de presentar la declaración no difiere mucho de las del borrador:

  • Presentarlo en las oficinas de la Agencia Tributaria
  • Hacerlo en oficinas de la entidad financiera que colabore con la Agencia Tributaria
  • Hacerlo con las aplicaciones online de las entidades financieras
  • Presentándolo de forma electrónica a la Agencia Tributaria con certificado digital o sistema cl@ve PIN

En todos los casos, influye mucho el resultado. Si es a devolver, puedes hacerlo de cualquier forma hasta el último día.

En caso de que sea a pagar, y quieras domiciliar el pago a cuenta, deberás hacerlo unos días antes de que finalice el plazo. Si no domicilias, tendrás que hacer el pago en el momento que lo entregas, lo cual dificulta tanto la presentación en las oficinas de la Agencia Tributaria, como por las aplicaciones de banca online. En este caso, tendrás que hacerlo conjuntamente junto al NRC (Número de Referencia Completo), que es el justificante de pago. Todo ello, ya sea pagando la declaración de la renta por completo o fraccionando la misma, un 60% a la hora de presentarla y un 40% en el mes de noviembre.

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Puede darse el caso de que hayas percibido rendimientos de actividades económicas con retención y que la empresa no lo haya comunicado. En caso de discrepancia, incluye toda la información y guarda todo el soporte, tanto de facturas, como del pago de la misma, por si hay un requerimiento posterior por parte de la Agencia Tributaria.

Pedir cita previa

Para llamarte por teléfono y hacerte tu declaración de la renta 2022 (Plan Le Llamamos), necesitas concertar cita del 3 de mayo al 29 de junio, por:

  • Internet con NIF/NIE o DNI electrónico, certificado electrónico, Cl@ve PIN o referencia
  • App “Agencia Tributaria”
  • Teléfono automático 91 535 73 26 o 901 12 12 24
  • Teléfono de cita previa para Renta con atención personal 91 553 00 71 o 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9h a 19h

Para atenderte en oficina y hacerte tu declaración de la renta 2022 (atención presencial), necesitas concertar cita del 25 de mayo al 29 de junio, por las mismas vías, excepto el teléfono automático.

Recuerda hacer este trámite con antelación suficiente, puesto que son muchas las personas que optan por esta opción. Es importante también que tengas en cuenta que cada contribuyente solo puede pedir un máximo de dos citas previas. En caso de querer modificarlas o anularlas, podrás hacerlo a través de los mismos canales mencionados.

Consejos

Revisar y solicitar información para la declaración de la renta

Por mucho que Hacienda te proporcione un borrador de la declaración de la renta o datos fiscales, la obligación de comprobación si toda esta información es correcta es del contribuyente, no de la Agencia Tributaria. Por ello, cerciórate de que toda la información esté bien:

  • Información personal (hijos, estado civil, minusvalías, etc.)
  • Datos de identificación de tu préstamo hipotecario y pagos realizados
  • Deducciones por aportaciones a organizaciones benéficas
  • Revisa los ingresos, especialmente si eres autónomo

Uno de los casos que se repite más, y que ha supuesto que muchos contribuyentes hayan tenido que realizar una declaración de la renta complementaria, ha sido por no incluir algunas subvenciones para adquisición de vivienda. O, la que más se repite, el plan PIVE, por compra de vehículo. Como norma general, estas ayudas tributan como ingreso patrimonial.

También es importante revisar la titularidad de las cuentas bancarias, a la hora de que cada contribuyente pueda declarar en su proporción. Igual pasa con muchos bienes inmobiliarios, especialmente en los que hay usufructos y nuda propiedad.

💡 Mantente al tanto de todas las deducciones en nuestro artículo Deducciones que no debes olvidar al hacer la renta.

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Comprobar las deducciones autonómicas

A la hora de comprobar la declaración de la renta, ten en cuenta que las deducciones son muchas y variadas, y hay que dedicar tiempo a ver a cuáles tenemos derecho. Por ejemplo, muchas comunidades autónomas permiten deducir parte de lo aportado por tu seguro de salud.

💡 Te enlazo nuestro artículo sobre cómo desgravar tu seguro de salud para más información al respecto.

Para comprobarlo, es fundamental que nos descarguemos la Guía del Impuesto Sobre la Renta de este año, disponible en la página web de la Agencia Tributaria. Además del seguro de salud, veremos deducciones en vivienda, cuidado de menores y mayores, gastos de educación, etc. Aunque solo se apliquen al tramo autonómico, siempre nos ayudará a pagar menos o que nos devuelvan más.

Principales novedades

En el campo de las principales novedades, sí hay algunas de importante calado para algunos contribuyentes.

Exenciones

Existen nuevas exenciones, destacando el complemento de ayuda a la infancia para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital. Este complemento de ayuda para la infancia, sustituye, además, a la asignación por hijo o menor a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, que se regulaba en el Capítulo I del título VI del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y que queda suprimida, si bien temporalmente van a existir supuestos en los que se permite mantener la percepción de esta asignación económica.

Rendimientos de capital inmobiliario destinados a viviendas con fines turísticos

Es obligatorio informar sobre las viviendas cedidas con fines turísticos a través del nuevo modelo 179 “Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos” incluyendo la misma en la declaración de la renta.

Ayuda de 200 euros con ingresos jóvenes y bono cultural

La primera, un pago único de 200 euros, para las personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio, que sean asalariados, autónomos o desempleados, tiene la consideración de ganancia patrimonial y hay que tributar.

Con respecto al bono joven, ayuda que se concede por una única vez y cuyos beneficiarios son aquellos jóvenes que cumplan 18 años durante el año 2022 y cumplan determinados requisitos, igualmente tiene para sus beneficiarios la consideración de ganancia patrimonial en el importe que haya sido efectivamente utilizado por el beneficiario.

Mínimos autonómicos

Las Comunidades Autónomas de Andalucía y de Galicia, y la Comunitat Valenciana, han establecido por primera vez para 2022, en el ejercicio de sus competencias normativas, las cuantías correspondientes al mínimo del contribuyente y a los mínimos por descendientes, ascendientes y discapacidad, que deben aplicar los contribuyentes residentes en el territorio de dicha comunidad autónoma para el cálculo del gravamen autonómico.

Asimismo, la Comunidad de Madrid, que tenía aprobados importes del mínimo por descendientes, pasa a regular la totalidad de los importes correspondientes al mínimo del contribuyente, mínimos por descendientes, por ascendientes y por discapacidad.

Deducciones

Además de una deducción por vivienda habitual a los habitantes de la isla de La Palma que se mantendrá hasta el año 2023, destacan los cambios por deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas, ampliando un año más el ámbito temporal de aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.

Simulador renta 2022 para saber si sale a pagar o devolver

Aunque esta fue la gran novedad de la Declaración de la Renta 2021, no debemos perder de vista este simulador por parte de la Agencia Tributaria. La herramienta Renta Web Open, para saber si la declaración de la renta saldrá a pagar o a devolver, permite salir de dudas antes incluso de acceder al borrador, siendo una herramienta no vinculante.

Mínimo por descendiente sin convivencia

Desde hace dos años, según la normativa del Impuesto sobre la Renta, los contribuyentes podrán disminuir la cuota diferencial, por cada descendiente con discapacidad con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. Esto permite minorar hasta 1.200 euros anuales.

Si el contribuyente opta por la aplicación del 50% del mínimo por descendientes respecto a su hijo discapacitado, tendrá derecho a la aplicación de la deducción por personas con discapacidad a cargo en esta proporción.

La novedad está en que se ha dictaminado que en el momento que dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción, respecto de un mismo descendiente, este derecho se podrá ceder a uno de ellos.

Interés de demora en una indemnización judicial exenta

Por norma, todo interés indemnizatorio tiene como finalidad resarcir al acreedor por el retraso en un pago. Estos intereses suelen incluirse como una ganancia que tiene que tributar, pero no siempre.

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Así, se estipuló que, en el caso de que se trate de intereses por retraso en una indemnización por exenta, estos intereses también estarán exentos. En este caso, han de tener la misma consideración que el concepto principal del que derivan e imputarse como ganancias patrimoniales exentas.

Contrato posterior a una resolución voluntaria de contrato laboral

Hace dos años también se estableció esta medida. Si el contribuyente, después de resolver de forma voluntaria su contrato de trabajo, regresa a la misma empresa tanto en relación laboral o prestación de servicios con contrato mercantil (como trabajador por cuenta propia), no podrá aplicar la reducción del 30% señalada en el artículo 18.2 de la Ley del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas para cualquier tipo de indemnización que haya acordado y percibido para la resolución de este contrato.

Estas cantidades se beneficiaban de las reducciones que tienen prevista los ingresos recibidos de forma notoriamente irregular, pero se pierden al no poder considerarse una indemnización de despido al regresar, aunque con una relación laboral distinta, a su puesto de trabajo.

Hipotecas multidivisa

Este tipo problemático de préstamos se comercializaron de forma masiva con el reclamo de pagar menos intereses que los préstamos en euros referenciados a un Euribor que en ese momento estaba en alza.

El problema es que, en muchos casos, no se informaba debidamente del riesgo por aplicar tipos de cambio en préstamos referenciados en dólares y especialmente yenes japoneses y francos suizos.

Pago de cuota hipotecaria de préstamo multidivisa

Formalizado un préstamo hipotecario multidivisa, al efectuarse el pago de cantidades en concepto de amortización de parte del capital pendiente del préstamo, se generará una ganancia o pérdida patrimonial.

Esta ganancia o pérdida es resultado de la diferencia entre el tipo de cotización del pago con respecto al tipo de cambio con el euro en el que fue fijado inicialmente el préstamo. Estas ganancias o pérdidas patrimoniales se integrarán en la base imponible del ahorro.

Devolución de cantidades por anulación de cláusula multidivisa

En el caso de que se hubiera practicado deducción por adquisición de vivienda habitual por las cantidades devueltas como consecuencia de la anulación de la cláusula multidivisa, se perderá el derecho a practicar la deducción de estas cantidades.

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El resultado es que estará obligado a regularizar su situación tributaria devolviendo a Hacienda la cantidad resultante de la deducción.

Indemnizaciones por despido

La sentencia del Tribunal Supremo 1528/2019, determinó que el personal de alta dirección tendrá derecho, en los supuestos de extinción de su relación laboral por desistimiento del empresario, a una indemnización mínima obligatoria de siete días de salario por año de trabajo. Esta indemnización tiene como tope máximo seis mensualidades del salario.

Por ello, la Agencia Tributaria ha determinado que dicha indemnización obligatoria tendrá la consideración de renta exenta a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Deducción de inmuebles heredados

En las adquisiciones de inmuebles por herencia o donación, solo podrá considerarse como coste de adquisición aquel desembolsado por invertir o mejorar el inmueble, así como los gastos y tributos inherentes a su adquisición excluyendo siempre intereses que hubiera tenido que pagar. Pero nunca la amortización acumulada a lo largo de su vida útil podrá exceder del valor de adquisición del inmueble.

Y, con este repaso sobre lo aspectos más importantes sobre la Declaración de la Renta en 2023, terminamos este artículo. Esperamos que te haya sido de utilidad, en ese caso, te invitamos a compartirlo en tus perfiles sociales.

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Redactor Salud y Consumo
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Licenciado en ADE por la Universidad Autónoma de Madrid y especialista en comunicación por la Universidad Complutense, lleva desde el año 2002 escribiendo sobre temas de consumo, salud y divulgación en general, tanto en revistas escritas como Dinero y Salud, asociaciones y diversas páginas web. Además de ser colaborador en medios escritos (Expansión, Cinco Días, idealista.com, El País, Libertad Digital, El Confidencial,…) Radio (COPE, Onda Cero, Cadena Ser, Onda Madrid…) y Televisión (Telecinco, Antena 3, Telemadrid…).